Transitorios

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas680-683

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1984

TRANSITORIOS

De la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII-Bis del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en vigor a partir del 1o. de enero de 1984 (DOF 30/XII/1983) Entrada en vigor

Primero.- La presente Ley entrará en vigor el 1o. de enero de 1984.

Derogación de las disposiciones que se opongan a la Ley

Segundo.- Se derogan las disposiciones que se opongan a lo establecido en este ordenamiento.

Plazo para la aplicación de las nuevas condiciones de trabajo

Tercero.- En tanto se expiden las condiciones generales de trabajo de las instituciones, seguirán aplicándose los Reglamentos Interiores de Trabajo respectivos. Dichas condiciones deberán expedirse dentro de los tres meses posteriores a la fecha de entrada en vigor de la presente Ley.

Plazo de aplicación y expedición de nombramientos

Cuarto.- Lasrelacioneslaboralesdelostrabajadoresalserviciode las instituciones continuarán surtiendo efectos y deberán formalizarse con la expedición de los nombramientos correspondientes, en un plazo no mayor de seis meses a partir de su entrada en vigor. La falta de expedición de los nombramientos no impedirá la continuación de la relación de trabajo establecida con anterioridad al vencimiento de dicho plazo.

FE DE ERRATAS

Fe de erratas de la Ley Reglamentaria de la fracción XIII-Bis del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada el día 30 de diciembre de 1983, (DOF 11/V/1984)

Página 29, segunda columna, artículo 13 fracción IV, último renglón, Dice: mente por el trabajador.

Debe decir: mente por el trabajador;

Página 29, segunda columna, artículo 13, fracción V, primer renglón, Dice: V. Pago de cuotas para la construcción y fo

Debe decir: V. Pago de cuotas para la constitución y fo

Página 29, segunda columna, artículo 13 fracción VI, primer renglón, Dice: VI. Pago de cuotas sindicales previstas en

Debe decir: VI. Pagode lascuotassindicalesprevistasen

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2012

ARTICULO DEL DECRETO APLICABLE A LA LEY Del Decreto por el que se reforman diversas Leyes Federales, con el objeto de actualizar todos aquellos artículos que hacen referencia a las Secretarías de Estado cuya denominación fue modificada y al Gobierno del Distrito Federal en lo conducente; así como eliminar la mención de los departamentos administrativos que ya no tienen vigencia, vigente a partir del 10 de abril de 2012 (DOF 9/IV/2012)

Artículo septuagésimo...

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