Transitorios

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas381-382

2014

  • TRANSITORIOS

Del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; de la Ley Federal de Derechos, se expide la Ley del Impuesto sobre la Renta, y se abrogan la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Unica, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, vigente a partir del 1o. de enero de 2014 (DOF 11/XII/2013)

Entrada en vigor

Primero.-

El presente Decreto entrará en vigor el 1o. de enero de 2014.

Abrogación de Leyes

Segundo.-

A la entrada en vigor del presente Decreto quedarán abrogadas la Ley del Impuesto Sobre la Renta, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de enero de 2002; la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Unica, y la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

  • TRANSITORIOS DEL CFF 2014 RELACIONADOS CON LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, vigente a partir del 1o. de enero de 2014 (DOF 9/XII/2013)

Entrada en vigor

Primero.-

El presente Decreto entrará en vigor el 1o. de enero de 2014, con las salvedades previstas en el artículo transitorio siguiente.

Disposiciones en relación con el CFF y la Ley del ISR

Segundo.-

En relación con las modificaciones a que se refiere el Artículo Unico de este Decreto, se estará a lo siguiente:

Cumplimiento de obligaciones con la legislación vigente hasta el 31/XII/2013

I. La obligaciones derivadas de los actuales artículos 22, sexto párrafo y 32-A del Código Fiscal de la Federación, así como del artículo 14 del Reglamento de dicho Código y 25, fracción VII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que hubieren nacido por la realización de las situaciones jurídicas previstas en dichas disposiciones durante la vigencia de los mismos, deberán cumplirse en las formas y plazos establecidos en la legislación vigente hasta el 31 de diciembre de 2013.

  • ARTICULOS DE LA LEY DE INGRESOS 2014

Artículos de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2014, en relación con el Impuesto sobre la Renta (DOF 20/XI/2013)

Tasa anual de retención aplicable en 2014

"Artículo 21

Durante el ejercicio fiscal de 2014 la tasa de retención anual a que se refieren los artículos 51 y 130 de la Ley del Impuesto sobre la Renta será del 0.60 por ciento.

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