Transitorios

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas853-855
II. Tres meses de salario base.
En los casos en que el servidor público separado se desista de la ac-
ción de que se trate, en cualquier etapa del procedimiento y hasta antes
de que se dicte resolución definitiva, la Procuraduría General de la Re-
públicapodrá cubrir la indemnización que proceda d e conformidad con
lasnormasaplicables.
LOPGR–TRANSITORIOS2009
nTRANSITORIOS
Del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Procura-
duría General de la República; y se reforma el párrafo cuarto del
artículo 197 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos
103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Me-
xicanos, vigente a partir del 30 de mayo de 2009
Entrada en vigor
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de
su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Abrogación de disposiciones
Segundo.- Se abroga la Ley Orgánica de la Procuraduría General
dela República publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 27 de
diciembre de 2002. Continuarán vigentes las normas expedidas con
apoyo en la ley que se abroga, en lo que no se opongan a la presente.
Transmisión de funciones y personal de la Policía Federal Inves-
tigadora
Tercero.- Lasfunciones de la Policía Federal Investigadora como
auxiliar del Ministerio Público de la Federación, serán realizadas por la
Policía Federal Ministerial, en los términos de la normatividad corres-
pondiente. Los agentes de la Policía Federal Investigadora podrán in-
corporarse a otra institución de procuración de justicia o de seguridad
pública siempre que cumplan los requisitos que establezca la normati-
vidad aplicable.
Los agentes de la Policía FederalInvestigadora que a la fecha de entra-
da en vigor de la presente ley se encuentren en activo en la Procuraduría
Generalde la República, tendrán un plazo de treinta días hábiles contado
a partir de la entrada en vigor de esta ley para manifestar su voluntad de
someterseal proceso de evaluación de control de confianza y de compe-
tencias profesionales o, en su caso, de adherirse al programa de conclu-
siónde la prestaciónde servicios en forma definitivade los servidores pú-
blicos de la Administración Pública Federal.
Quienes aprueben el proceso deevaluación a que se refiere el párrafo
anterior,en los términos de la normatividad aplicable, podrán permane-
cer en la Procuraduría General de la República en el servicio de carrera
de la Policía Federal Ministerial. En todo caso se respetarán derechos
adquiridos y antigüedad.
Quienesnosesometanonoapruebenelreferidoprocesodeevalua
-
ción, serán separados del servicio en la Procuraduría General de la Re-
pública.
853 LOPGR–TRANSITORIOS 2009

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