Transitorios

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas964-965
El reconocimiento será de carácter honorífico, tendrá una vigencia de
unaño y podrá servirde base para la obtenciónde beneficios que, en su
caso,establezca el Estado, en los términos de la legislación aplicable.
2003LFPED–TRANSITORIOS
nTRANSITORIOS
Del Decreto por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y
Eliminar la Discriminación, en vigor a partir del 12 de junio de
Entrada en vigor
Primero.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Designación del presidente del CNPD
Segundo.- La designación del presidente del Consejo deberá
realizarse dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor del pre-
sente Decreto.
La primera designación del Presidente del Consejo durará hasta el
treinta de diciembre del año 2006 pudiendo ser ratificado sólo por un
periodo de tres años.
Junta de Gobierno. Designación
Tercero.- LadesignacióndelaJuntadeGobiernodeberáreali-
zarse dentro de los 90 díassiguientes a la publicación de la ley. En tanto
seinstalalaAsambleaConsultiva,laJuntadeGobiernodaráinicioasus
funciones con la presencia de los representantes del Poder Ejecutivo
Federal y de cinco integrantes designados por única vez por el presi-
dentedel Consejo, quienes durarán en dichocargo seis meses, pudien-
do ser ratificados por la Asamblea Consultiva, una vez instalada, en
cuyo caso sólo ejercerán el cargo hasta completar los tres años desde
su primera designación.
Aprobación de Estatuto Orgánico
Cuarto.- La Presidencia del Consejo someterá a la aprobación
de la Junta de Gobierno el proyecto del Estatuto Orgánico dentro de los
120 días siguientes a su nombramiento.
Los procedimientos a que alude el capítulo V de este Decreto, empe-
zarán a conocerse por parte del Consejo, después de los 150 días de
haber entrado en vigor la presente ley.
Obligación de la SHCP una vez designado el presidente del
CNPD
Quinto.- UnavezdesignadalapersonatitulardelaPresidencia
del Consejo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público proveerá, con
sujecióna las previsiones que para tal efectoestén contenidas en el Pre-
supuesto de Egresos de la Federación, los recursos necesarios para
dar inicio a las actividades de la institución y la Secretaría de Contraloría
yD esarrollo Administrativo llevará a cabo las acciones necesarias en su
ámbito de competencia.
2003 LFPED–TRANSITORIOS 964

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR