Transitorio del Decreto que reforma el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, vigente a partir del 30 de enero de 1998 (DOF 29/1/1998)

Vigencia del Reglamento

Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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