Trámites de nacionalidad y naturalización ante la SRE. Conozca los requisitos (Segunda y última parte)

PáginasB1-B6

En el DOF del pasado 25 de mayo, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) publicó el "Acuerdo por el que se dan a conocer las formalidades necesarias para que los particulares efectúen los trámites de nacionalidad y naturalización, así como los formatos denominados DNN-1, que corresponde a la solicitud de certificado de nacionalidad mexicana; DNN-2, que corresponde a la solicitud de declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento; DNN-3, que corresponde a la solicitud de carta de naturalización, y DNN-4, que corresponde a la solicitud de copias certificadas de documentos de nacionalidad mexicana por nacimiento o por naturalización, así como sus instructivos de llenado" (Acuerdo), el cual entró en vigor el día siguiente al de su publicación, es decir, el 26 de mayo de 2010.

En relación con este acuerdo, en la primera parte de este tema, comentamos las disposiciones aplicables a los certificados y declaraciones de nacionalidad mexicana; en esta segunda y última parte, analizamos lo referente al procedimiento para adquirir la nacionalidad mexicana por naturalización.

Formalidades necesarias para obtener la nacionalidad mexicana por naturalización o la carta por naturalización

La naturalización es el proceso por el cual un ciudadano de un Estado adquiere la nacionalidad de otro país, por cumplir con los requisitos establecidos en dicho país para poder adquirirla.

En este sentido, los artículos 19 y 20 de la Ley de Nacionalidad (LN) precisan que los extranjeros que deseen naturalizarse mexicanos deberán presentar ante la SRE el formato DNN3 denominado "Solicitud de carta de naturalización", en el que se manifieste la voluntad de obtener la nacionalidad mexicana por naturalización, además de formular la renuncia expresa de la nacionalidad a la que se pertenezca, hablar español y probar que se reside en México por cinco años, salvo en los casos siguientes:

  1. Se requerirá una residencia de dos años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud cuando el solicitante:

    1. Sea descendiente en línea recta de un mexicano por nacimiento.

    2. Tenga hijos mexicanos por nacimiento.

    3. Sea originario de un país latinoamericano o de la Península Ibérica.

    4. Ajuicio de la SRE, haya prestado servicios o realizado obras destacadas en materia cultural, social, científica, técnica, artística, deportiva o empresarial que beneficien a la nación.

    En casos excepcionales, a juicio del titular del Ejecutivo Federal, no será necesario que el extranjero acredite la residencia en el territorio nacional a que se refiere este punto.

  2. La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o mujer mexicanos; para lo cual deberán acreditar que han residido y vivido de consuno en el domicilio conyugal establecido en territorio nacional durante los dos años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud.

    No será necesario que el domicilio conyugal se establezca en territorio nacional cuando el cónyuge mexicano radique en el extranjero por encargo o comisión del gobierno mexicano.

    En el caso de matrimonios celebrados entre extranjeros, la adquisición de la nacionalidad mexicana por uno de los cónyuges con posterioridad al matrimonio permitirá al otro obtener la nacionalidad mexicana, siempre que residan o vivan en consuno en el domicilio conyugal.

  3. Se requerirá una residencia de un año inmediato anterior a la solicitud, en el caso de adoptados, así como de menores descendientes hasta segundo grado, sujetos a la patria potestad de mexicanos.

    No obstante, si los que ejercen la patria potestad no han solicitado la naturalización de sus adoptados o de los menores, éstos podrán hacerlo dentro del año siguiente contado a partir de su mayoría de edad, siempre que hayan radicado un año en México.

Requisitos y documentación para obtener la carta de naturalización

Según el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Nacionalidad (RLN) y el Acuerdo publicado en el DOF el 25 de mayo de 2010, los interesados en obtener la nacionalidad mexicana por naturalización deberán cumplir los requisitos y la documentación siguientes:

  1. Ser mayor de edad y en uso de sus derechos civiles.

  2. Presentar original y dos fotocopias de la solicitud debidamente requisitada y firmada.

  3. Presentar original y dos fotocopias de todas las páginas del documento migratorio vigente, incluidas las pastas, con la calidad de inmigrante o inmigrado, expedido por la Secretaría de Gobernación (Segob), con el que el interesado acredite su legal estancia y, en consecuencia, la residencia en el país durante uno, dos o cinco años inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud, dependiendo de la modalidad seleccionada, el cual deberá tener una vigencia mínima de seis meses posteriores a la presentación de la solicitud.

  4. Copia certificada y dos fotocopias del acta de nacimiento extranjera...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR