Trabajadores de Confianza
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TrabajadoresdeConfianza
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Tips Fiscales
INFORMACIÓNPARAPATRONES
Actualmente, el término “Trabajador de Confianza”
estámalentendido,yaqueporgeneral,pensamos
quees aquélal cual“hay laconfianza deno pagarle
prestaciones”;sin embargo,analizaremos quéseñala
laLeyFederaldelTrabajo(LFT),así comolosjueces,
respectoaesteconcepto.
1.Definición
Lacategoríadeconfianzadependedelanaturalezade
las funciones desempeñadas y no de la designación
quese déal puesto(ART-9-PFO-1LFT).¿Cuáles de
ellasson deconfianza? Lasdedirección, inspección,
vigilanciayfiscalización,cuandotengancaráctergene-
ral,ylasqueserelacionencontrabajospersonalesdel
patróndentrodelaempresaoestablecimiento(ART-9-
PFO-2LFT).
Delo anterior,sedesprendeque sontrabajadoresde
confianza,entreotros, losdirectoresygerentesgene-
rales,administradoresomiembros delosconsejosde
administración,loscomisarios delassociedadesmer-
cantiles,etc.
Porotraparte,también sontrabajadoresdeconfianza
aquéllos que realicen trabajos personales del patrón;
porejemplo, unasecretaria oun asistenteque tenga
accesoa lascuentasbancarias deldirectorgeneral o
dueñodelaempresa.Aquísurgeunapregunta¿estra-
bajadordeconfianzaaquélalqueelpatrónleotorgaun
podergeneralparapleitos ycobranzas?Enestecaso
losjuecesyasehanpronunciado:
TRABAJADORDECONFIANZA.ELHECHODEQUEELPATRÓN
LEHAYAOTORGADOPODER GENERALPARAPLEITOSYCO-
BRANZASEN ESCRITURA PÚBLICA,Y PARA ACTUARCOMO
SUREPRESENTANTE,POR SÍ SOLOES INSUFICIENTEPARA
CONSIDERAR QUE REALIZA ALGUNA DE LAS FUNCIONES
PREVISTASEN EL ARTÍCULO 9o. DE LA LEY FEDERAL DEL
TRABAJOPARASERCONSIDERADOCONTALCARÁCTER.De
conformidadcon elar tículo9o.de laLey Federaldel
Trabajopara determinarsiuntrabajador esdeconfian-
zaesnecesarioatender alanaturalezadelasfunciones
desempeñadas,a lascualesel legisladorconsideró las
actividadesvinculadasenformainmediataydirectacon
lavidade laempresa,consusinteresesy larealización
desusfines;portanto,cuandoelpatrónseexcepcionama-
nifestandoque elempleado eradeconfianza debedemos-
trarque lasactividades materialmenterealizadaspor aquél
sonlasqueelaludidopreceptodefineconesecarácter,tales
comolas dedirección,inspección, vigilanciayfiscalización,
cuandotengan caráctergeneral,ylas relacionadascontra-
bajospersonalesdelpatróndentrodelaempresaoestable-
cimiento;yelhechodequeelpatrónhayaotorgadoauntra-
bajadorpodergeneral parapleitosycobranzas enescritura
pública,yparaactuar comosurepresentantelegal,es insu-
ficienteporsísoloparaconsiderarque realizaalgunadelas
funcionesprevistasenelcitadoartículo9o.paraserconside-
radodeconfianza,puestoqueelreferidopoderestáorienta-
doadefenderlosintereses delaempresacontratercerosy,
entodocaso,únicamentejustificaría queelempleadoactúa
conautonomíaeindependenciaensugestión;además,para
actuarcomorepresentante delpatrónesnecesarioprecisar
concuáldelasrepresentacionesseñaladasenelartículo11
delordenamientolegalinvocadose ostentaeltrabajador,ya
seacomo director,administrador,gerenteo desempeñando
funcionesdedirecciónyadministración,parapoderdetermi-
narsi efectivamenteactúa conelcarácterderepresentante
delpatróny,porende,esdeconfianza.
SEXTOTRIBUNALCOLEGIADOEN MATERIADETRABAJO DEL
PRIMER CIRCUITO.Amparo directo 5506/2007. Patricia Ge-
novevaChávezLagos.11 dejulio de2007.Unanimidad de
votos.Ponente:GenaroRivera.Secretaria:ClaudiaGabriela
SotoCalleja.
Localización:NovenaÉpocaInstancia:TribunalesColegiados
deCircuitoFuente:SemanarioJudicialdelaFederaciónysu
GacetaXXVI,Octubrede2007Página:3340Tesis:I.6o.T.348
LTesisAisladaMateria(s):laboral
Comose observa,el sólohecho deotorgarun poder
parapleitosycobranzasnocompruebaqueeltrabaja-
dorrealicefuncionesdeconfianza,másbien,sustenta
suactuaciónautónomaeindependiente.
¿Todos los trabajadores contratados por honorarios
sondeconfianza?¿Todoslostrabajadoresdeconfian-
zadeben contratarsebajo elrégimen dehonorarios?
Losjuecessehanpronunciadoalrespecto:
TRABAJADORDECONFIANZA.PARADETERMINARSIUNCON-
TRATOESDEHONORARIOS,DEBEANALIZARSEELNEGOCIO
PREVIOOSUBYACENTEQUELEDIOORIGEN,CON INDEPEN-
DENCIADELTIPODEREMUNERACIÓNQUESEPERCIBACON
MOTIVO DEL SERVICIOPERSONAL QUE SE PROPORCIONE
(LEGISLACIÓNDELESTADODECHIAPAS).Cuandoelproble-
majurídicono estávinculadoconel“puesto”asignado,sino
conel“contrato”celebrado,resultaaplicableelpenúltimopá-
rrafodelartículo6o.delaLeydelSer vicioCivildelEstadoy
losMunicipiosdeChiapas,elcualestableceque elpersonal
contratadoporhonorariosseasimilaal deconfianza.Ahora
bien, el legislador utilizó la palabra“contratado”, que es el
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