De la Información a los Trabajadores

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas974-974

ARTÍCULO 10.

Plazo para entregar copia de la declaración anual a los trabajadores

Los patrones, dentro de un término de diez días contados a partir de la fecha en que se presente la declaración anual del impuesto sobre la renta, o en su caso a partir de la fecha de la presentación de la declaración anual complementaria, entregarán copia de la misma al representante del sindicato titular del contrato colectivo de trabajo, al del contrato ley en la empresa o al de la mayoría de los trabajadores.

ARTÍCULO 11.

Anexos de la declaración a disposición de los trabajadores

Los anexos que de conformidad con las disposiciones fiscales se deben presentar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quedarán a disposición de los trabajadores durante un término de treinta días contados a partir de la fecha en que el patrón les haya entregado copia de la declaración:

I. En las oficinas de la empresa; y

II. En la Oficina Federal de Hacienda Principal, Subalterna o Agencia respectiva, en la cual se haya presentado o se encuentre la declaración.

ARTÍCULO 12.

Derecho a...

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