Tomas de control en el mundo y beneficios privados del control bajo las distintas regulaciones vigentes
Autor | Sonia Patricia Jurfest - Ricardo D. Paredes - Julio Riutort |
Cargo | Escuela de Ingeniería de la Pontificia Universidad Católica de Chile - Escuela de Ingeniería de la Pontificia Universidad Católica de Chile - Escuela de Administración de la Pontificia Universidad Católica de Chile |
Páginas | 847-871 |
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TOMAS DE CONTROL EN EL MUNDO
Y BENEFICIOS PRIVADOS DEL CONTROL
BAJO LAS DISTINTAS REGULACIONES
VIGENTES*
Sonia Patricia Jurfest, Ricardo D. Paredes
y Julio Riutort**
RESUMEN
En este artículo se revisa la regulación sobre transferencias de control vigente en
el mundo y encontramos evidencia de que a nivel global la legislación está con-
vergiendo desde la regla de mercado (MR, por sus siglas en inglés) hacia la regla
de igualdad de oportunidad (EOR, por sus siglas en inglés). La literatura sobre la
racionalidad económica de estas reglas muestra que los benecios privados del con-
trol (BPC) afectan los cambios de control; en particular, la EOR tiene el potencial de
bloquear transferencias inecientes aunque también de ralentizar la actividad del
mercado del control. Jurfest, Paredes y Riutort (2015) proponen un modelo que
permite estimar los BPC bajo las distintas regulaciones, tomando como caso especial
el conocido modelo del Block Premium de Barclay y Holderness (1989) y Dyck y
Zingales (2004). Asimismo, se ilustra la aplicabilidad y consistencia de este modelo
para estimar los BPC en los diferentes regímenes regulatorios vigentes y bajo distri-
buciones alternativas del poder de negociación del vendedor del control.
* Palabras clave: Block Premium, benecios privados del control, regla de igualdad de oportunidad,
regla de mercado, tomas de control, regulación. Clasicación JEL: G18, G34, G38. Artículo recibido
el 6 de agosto de 2014 y aceptado el 23 de octubre de 2014. Los autores agradecen los valiosos co-
mentarios del dictaminador anónimo de EL TRIMESTRE ECONÓMICO. La primera autora agradece las
sugerencias del profesor Salvador Zurita L.
** Sonia Patricia J urfest y Ricardo D. Paredes, Escuela de Ingeniería de la Ponticia Universidad
Católica de Chile (correos electrónicos: spjurfes@uc.cl y rparedes@ing.puc.cl). Julio Riutort, Escuela
de Administración de la Ponticia Universidad Católica de Chile (correo electrónico: jriutort@uc.cl).
EL TRIMESTRE ECONÓMICO, vol. LXXXII (4), núm. 328, octubre-diciembre de 2015, pp. 847-871
EL TRIMESTRE ECONÓMICO
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ABSTRACT
We review the corporate takeover regulation in place in the world and nd evi-
dence that it is converging from the Market Rule (MR) towards the Equal Oppor-
tunity Rule (EOR). The literature on the economic rationale of these rules shows
that the Private Benets of Control (PBC) affect control changes; in particular, the
EOR has the potential to preclude inefcient transfers but also to slow down the
overall activity of the corporate control market. Jurfest, Paredes and Riutort (2015)
proposes a model to estimate the PBC under the different regulations, nesting as
a special case the well-known model of Block Premium Barclay and Holderness
(1989) and Dyck and Zingales (2004). In this paper we illustrate the applicability
and consistency of this model to estimate the PBC under the different regulatory
regimes in place and under alternative distributions of the bargaining power of the
seller of control.
INTRODUCCIÓN
La importancia de los benecios privados del control (BPC) en la mode-
lación de las transferencias del control corporativo ha sido enfatizada
en la literatura primeramente por Grossman y Hart (1980, 1988), Bradley
(1980), Harris y Raviv (1988), Shleifer y Vishny (1986), y más reciente-
mente por Kahan (1993), Bebchuk (1994), Chowdhry y Jedadeesh (1994),
Burkart et al. (1998, 2000), y Burkart y Gromb (2014), entre otros. Estos
BPC se reeren a desviar valor desde los accionistas minoritarios hacia los
controladores, por ejemplo, mediante el self-dealing (transacciones con
personas o empresas relacionadas), el desvío de oportunidades corporativas
a otros negocios del controlador, aunque también existen otro tipo de bene-
cios no pecuniarios que no dañan a los accionistas minoritarios, como los
provenientes de sinergias o los benecios psíquicos y el estatus social que
resultan del control.
Numerosos estudios documentan las acciones en benecio propio que
realizan los accionistas controladores (Shleifer y Vishny, 1997). Por otra
parte, los altos premios observados sobre el precio postransacción de la
acción en adquisiciones de bloques accionarios indican que el control es va-
lioso; las partes controladoras reciben benecios que no perciben los otros
inversionistas (Nenova, 2003; Dyck y Zingales, 2004). La evidencia sugiere
que se trata de benecios de tipo pecuniario en vista de que el entorno legal
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