El constitucionalismo latinoamericano ante el reto de las migraciones en el siglo XXI / The latin american constitutionalism before the migrations in the xxi century

Este documento está disponible con registro gratuito

REGÍSTRATE GRATIS
AutorOdette Martínez Pérez
CargoProfesora de derecho internacional privado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente, Cuba.
Páginas128-144

Page 128

IUS 24 | INVIERNO 2009 R EVIS ta d E l I NS t I t U t O d E C IENCI a S J UR íd IC a S d E p UE bla

EL CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO ANTE

EL RETO DE LAS MIGRACIONES EN EL SIGLO XXI*
THE LATIN AMERICAN CONSTITUTIONALISM BEFORE THE MIGRATIONS IN THE XXI CENTURY

Odette Martínez Pérez**

resumen

Hoy Latinoamérica no sólo tiene un presente de emigración; los flujos migratorios intrarregionales constituyen un desafío y la población extranjera aumenta, junto a la constante violación de los derechos humanos, la trata y el tráfico de personas. Muchos países se abren paso en busca de ayuda, con personal científico para su desarrollo y en las inversiones turísticas, pero no garantizan pleno desarrollo a los extranjeros. Los gobiernos ven una única salida a los problemas de la presencia extranjera: reducción de espacios y soluciones penales.

palabras clave : Extranjeros, Constitución, extranjería.

abstract

Today Latin America is not an area for the migration of the national’s people, the migratory flows to this region increase and the foreigners’ population to. Rice the human rights violations, trate and persons traffic. Other countries in the area find scientific personal for their development and promote the tourism. But not including the development for the foreigners. The government to reduce the spaces and the solutions is the criminal law.

key words : Foreigners, Constitution and migratory law.

128

* Recibido: 20 de marzo de 2010. Aceptado: 25 de abril de 2010.
** Profesora de derecho internacional privado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Oriente, Cuba. (odette@fd.uo.edu.cu).

Page 129

E l CONS t I t UCION al ISMO lat INO a MERIC a NO a N t E E l RE t O d E la S MIGR a CIONES...

Sumario

1. Introducción
2. Definiciones conceptuales
Definición y características de la condición jurídica del extranjero

3. Estudio de la regulación constitucional de la condición del extranjero en algunos países de Latinoamérica

a) Nicaragua

b) México

c) Argentina

d) Guatemala

e) Perú

f) Venezuela

g) Chile

h) Paraguay

i) Brasil

j) Colombia
4. Ecuador. Paradigma en la regulación constitucional a la condición del extranjero
5. Reflexiones finales
6. Bibliografía

1. Introducción

América siempre ha sido una región receptora de inmigrantes, aunque en los dos últimos siglos en menor medida. Con la conquista y colonización, nuevos territorios entraron en interacción con la economía europea y el capital logró extenderse como forma de producción a escala mundial en el siglo xvi. Esos

nuevos territorios no sólo sirvieron de fuentes de metales preciosos, materias primas en general y mercado para las manufacturas de las nacientes industrias europeas, sino que permitieron, además, asimilar todo el excedente de fuerza de trabajo que se originaba en Europa como resultado del gradual incremento de la productividad y, en especial, de la transformación de la agricultura. Los nuevos territorios constituyeron un importante factor de equilibrio demográfico para Europa.

La migración en América Latina, tanto legal como indocumentada, creció de modo sostenido en las últimas décadas, principalmente hacia los Estados Unidos, Canadá y Gran Bretaña, pero también entre países de la propia región.11Véase Aja Díaz, Antonio, Al cruzar las fronteras, La Habana, Fondo de Población de las Naciones Unidas, 2010, pp. 45 y ss.

129

Page 130

IUS 25 | VER a NO 2010 R EVIS ta d E l I NS t I t U t O d E C IENCI a S J UR íd IC a S d E p UE bla

El Caribe experimenta un proceso simultáneo de emigración e inmigración que responde a la dinámica de los polos emergentes de crecimiento económico y los conflictos políticos del área; este proceso se complementa, en muchos casos, con el carácter triangular de esta emigración hacia los Estados Unidos. Mientras los mexicanos se van hacia los Estados Unidos, México es una base importante para los emigrantes centroamericanos, una parte de los cuales se queda en ese país y otros lo utilizan como tránsito hacia el Norte. Por su parte, los habitantes de Trinidad y Tobago emigran hacia el exterior, y sus puestos de trabajo son cubiertos por trabajadores de las pequeñas islas del Caribe Oriental. Belice y Costa Rica son importantes receptores de emigrantes de países vecinos. Venezuela recibe gran cantidad de trabajadores colombianos en la zona fronteriza y, a la par, ambos países, sobre todo Colombia, emiten emigrantes hacia los Estados Unidos. República Dominicana recibe haitianos como fuerza de trabajo barata. Los dominicanos van hacia Puerto Rico en busca de mejores opciones de empleo y los puertorriqueños emigran en forma definitiva o temporal hacia los Estados Unidos, ya sea de manera directa o a través de otro país.

Así se tornan cada vez mayores los problemas relacionados con los derechos humanos, el tráfico y la trata de personas en estos individuos, blancos de la desprotección y de la represión de las autoridades migratorias. ¿Qué puede hacer el derecho al respecto , ¿sólo es cuestión del derecho internacional y del derecho penal, o pueden hacer algo las Constituciones

Aquí analizaremos la regulación constitucional del estatuto del extranjero en algunos países de Latinoamérica, y como objetivo nos hemos trazado el valorar, a partir de un estudio comparado, las principales características de la condición del extranjero en algunas Constituciones latinoamericanas, tomando como muestra diez países latinoamericanos en relación con su importancia para la región y su posible o real integración al proyecto de la Alternativa Bolivariana para las Américas.

2. Definiciones conceptuales

Para algunos autores, que toman como punto de conexión la nacionalidad y la ciudadanía, la condición para ser extranjero es la filiación política con un Estado diferente al del territorio donde se encuentra; así lo conciben Gregory Tunkin,2

[2] Tunkin, Gregory, Curso de derecho internacional privado. Manual, Moscú, Progreso, 1980, p. 270. “Es extranjero la persona que se halla en el territorio de un Estado, pero no es ciudadano de él y posee la ciudadanía de otro Estado”.

Page 131

E l CONS t I t UCION al ISMO lat INO a MERIC a NO a N t E E l RE t O d E la S MIGR a CIONES...

Orue y Arregui3 y Elisa Pérez Vera,4entre otras fuentes, como la Enciclopedia de Derecho Internacional Privado5y el Diccionario de la Organización Internacional de las Migraciones, referente metodológico para Estados y organizaciones internacionales, el que expone que es “la persona que pertenece a algún Estado o posee filiaciones políticas con otro diferente al que se encuentra”. Miaja de la

Muela ha planteado que “es extranjero en un país el individuo o la persona jurídica al que sus leyes no le confieren la cualidad de nacional, séalo de otro Estado o se encuentre en situación de apatridia”.6A este criterio se suman Verplaetse7

y Manuel Osorio. Criterio con el que no coincidimos por poseer la categoría extranjero un matiz político y jurídico, y resulta la contrapartida en la población de un Estado del ciudadano.

Nosotros dejamos sentado, a los intereses de nuestro trabajo, donde no trataremos la persona colectiva extranjera sino la persona natural o física, que consideramos extranjeros a las personas naturales o físicas que posean la ciudadanía de un Estado y se encuentren en territorio de un Estado diferente, con el cual no se han naturalizado.8Es interesante destacar la distinción existente entre inmigrante y extranjero. El extranjero es un concepto de matiz político, y a su vez dentro de éste se encuentran los inmigrantes, como los que vienen a un país para asentarse temporal o definitivamente. Este criterio ha sido aceptado unánimemente en la doctrina por autores de antaño, como Bofills, Chretién y Fauchille, y otros más recientes

como Lelio Mármora y los cubanos Antonio Aja y María Elena Álvarez.9Definición y características de la condición jurídica del extranjero

Constituye la definición de sus derechos y deberes y las garantías jurídicas que le son reconocidas; ello depende en gran medida de la calidad del reconocimiento

[4] Orue y Arregui, José Ramón de, Manual de derecho internacional privado, 3a. ed., Madrid, Reus, 1952, p. 222. “Hay autores que se apoyan en el concepto de nacional para determinar que extranjero es ‘todo individuo que se encuentra en un país distinto de aquel de donde es nacional’”.

[5] Pérez Vera, Elisa, Derecho internacional privado, parte especial, Madrid, Tecnos, 1980, p. 180. Desde una perspectiva negativa, es comprendido como “el sujeto que no es nacional del Estado en relación con el cual se plantea su estatuto”.

[6] Tomado de Seix, Francisco (ed.), Enciclopedia Jurídica Española, Barcelona-Madrid, 1910, t. 15, p. 555. “Las personas que no forman parte de la comunidad política que se adopta como referencia”.

[8] Miaja de la Muela, Adolfo, Derecho internacional privado. Parte especial, Madrid, Atlas, 1987, t. ii, p. 73.

[9] Verplaetse, Julián, Derecho internacional privado, Madrid, Reus, 1964, p. 169. “Son los que tienen otra vinculación política, o los que, no teniendo nacionalidad, pertenecen a la categoría de los apátridas”.

[8] Citados por Aja Díaz, Antonio, op. cit., pp. 67 y ss.

Page 132

IUS 25 | VER a NO 2010 R EVIS ta d E l I NS t I t U t O d E C IENCI a S J UR íd IC a S d E p UE bla

y el estatus jurídico de la personalidad del extranjero en cualquier Estado en el que éste se encuentre. Inicialmente se reguló en tratados relacionados con la paz y el comercio, y fue a partir de la Constitución de 1791 en Francia que las Constituciones comenzaron a regular la condición del extranjero, asimilando estos sistemas o principios del derecho privado, perneándose de un sustrato ético real con la Declaración de Derechos Humanos de 1948.10El derecho internacional ha trazado las pautas del límite, por el cual nunca puede descender un Estado en su trato al ser humano y por ende al...

Para continuar leyendo

REGÍSTRATE GRATIS

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR