La protección de testigos en el marco de la persecución penal de la delincuencia organizada

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A la par de ?guras como el arraigo, la extinción de dominio o la intervención de comunicaciones, que quedan habilitadas en los artículos 16 y 22 de la Constitución general, se
da respaldo constitucional, de acuerdo con el artículo 20, a la autorización de
la reserva de la identidad de testigos, colaboradores con la justicia y agentes in?ltrados que aporten información en procedimientos que versen sobre criminalidad organizada. Aquí se recogen dos caras de una realidad legislativa, pues se opta por la seguridad a cambio del sacri-?cio de ciertos derechos fundamentales de contenido procesal.

La protección de testigos frente a la criminalidad organizada no queda exenta de valoraciones críticas, siendo que no se concreta a una estrategia policial o
de seguridad, pues también afecta a los derechos fundamentales de contenido procesal que deben ser reconocidos a toda persona sometida a la acción de la justicia penal.

En este escenario, el autor analiza cuatro...

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