Tesis

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
TESIS
PLENO
SANCIONES ADMINISTRATIVAS. EL TRIBUNAL FEDERAL DE
JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA ES COMPETENTE PARA
CONOCER DE LAS IMPUESTAS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS
DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL.- El Congreso de la Unión
en ejercicio de su competencia estableció en el artículo 387, párrafo 1, del
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales que corres-
ponde al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa conocer de la
impugnación a las resoluciones en las que se determinen sanciones admi-
nistrativas a los servidores públicos del Instituto Federal Electoral, lo que
resulta congruente con lo previsto en los artículos 73, fracción XXIX-H,
79, fracción IV, párrafo segundo, 108, 109, fracción III, y 113 de la Cons-
titución Política de los Estados Unidos Mexicanos de cuya interpretación
sistemática se desprende que los servidores públicos de los organismos
constitucionales autónomos están sujetos al régimen de responsabilidades
administrativas establecido por el Congreso de la Unión, el cual tiene a su
cargo el diseño para determinarlas y, consecuentemente, el establecimiento
de los recursos que procedan en su contra y las autoridades competentes para
su conocimiento, aunado a que tiene la atribución constitucional de regular
los procedimientos que se instruyan ante los tribunales de lo contencioso
administrativo, a los que la propia Ley Fundamental les otorga competencia
para dirimir controversias entre la administración pública y los particulares,
así como para conocer de las sanciones administrativas impuestas por un
órgano con autonomía constitucional como el Instituto Federal Electoral.
(P. XIII/2014 (10a.))
S.J.F. X Época. Libro 5. T. I. Pleno, abril 2014, p. 414

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