Tertulia fiscal: Personas morales

AutorMargarita I. Sánchez Meneses
Páginas4-12
www.iee.edu.mx
TERTULIA FISCAL
CONCEPTO: PERSONA JURÍDICA (O
PERSONA MORAL) es un sujeto de
derechos y obligaciones que existe, pero no
como individuo, sino como institución y
que es creada por una o más personas
físicas para cumplir un objetivo social que
puede ser con o sin ánimo de lucro.
FINES QUE PUEDEN PERSEGUIR:
ABSTRACTOS.- Permiten diferenciar los
diversos tipos de personas morales:
-Las mercantiles persiguen lucro.
-Las civiles ganancias económicas sin llegar
a la especulación;
-Las asociaciones civiles son metas no
preponderantemente económicas.
CONCRETOS.- Permiten distinguir entre las
de un mismo tipo y conocer la razón
específica por la que se constituyeron.
Ejemplo: una prestadora de servicios legales
y otra de médicos.
CLASIFICACIÓN:
-Según la responsabilidad de sus
integrantes: limitada e ilimitada.
-Según su situación fiscal: contribuyentes y
no contribuyentes.
-Según la admisibilidad de extranjeros: con
cláusula de admisión o exclusión.
-De Derecho Público.
-De Derecho Privado.
-De Derecho Social.
PERSONAS
MORALES
FUNDAMENTOS DE LA PERSONALIDAD
JURÍDICA DE LA PERSONA MORAL.
La personalidad jurídica es una construcción
normativa, elaborada para unificar los
derechos y obligaciones que se atribuyen a
un sujeto de relaciones jurídicas, tratándose
de seres humanos (personas físicas) o de un
conjunto de personas físicas (persona
moral).
INICIO DE LA PERSONALIDAD:
-Derecho público.- Por lo general se origina
y liquida por una ley o decreto que ordena
su creación o terminación.
-Derecho privado.- Generalmente al
momento de la celebración del contrato o
al momento de su inscripción en el registro
público o haya exteriorización frente a
terceros; para terminarla se acuerda su
disolución (es la terminación del contrato
que da origen a la persona moral) y
liquidación (es el periodo en que la persona
moral finaliza las relaciones jurídicas).
-Derecho social.- se crean en virtud de la
celebración de un contrato y su
personalidad inicia al momento en que
obtiene autorización o registro con sus
excepciones; para su terminación debe
atenderse a las distintas leyes que fijan las
normas para su extinción
4
Fuente: Google.com
Texto: Margarita I. Sánchez Meneses

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR