Terrorismo y proceso penal acusatorio en México
Autor | Arturo De Villanueva Martínez Zurita |
Cargo | Fiscal en jefe y encargado de la Unidad de Investigación y Litigación sede Oaxaca de la Procuraduría General de la República |
Páginas | 40-57 |
INACIPE • 2018 • REVISTA Mexicana de Ciencias Penales • Núm. 6
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Terrorism
Human rights
Investigation
Hearings
Abstract. This is a study concer-
ning about criminal prosecution
of the terrorism’s crime, beginning
—previously to the instrumental
reference— to have in mind, the
substantive criminal law of the cri-
me in comment, so that the fac-
tual can be accredited through the
proof that is generated, the previous
thing based on the National Code
of Criminal Procedures and with an
approach of respect to the human
rights in the investigation and in the
hearings of the accusatory system,
both for the accused and for the vic-
tim, with the objective of fullling
with the purposes of the criminal
process.
Terrorismo
Derechos humanos
Investigación
Audiencias
Resumen. Lo que aquí se presen-
ta es un estudio respecto al procesa-
miento penal que sigue el delito de
terrorismo, comenzando —previo
a la referencia instrumental— por
tomar en cuenta el aspecto sustan-
tivo del delito de cita para que en
lo fáctico sea acreditado a través de
la prueba que se genere, lo anterior
con base en el Código Nacional de
Procedimientos Penales y con un
enfoque de respeto a los derechos
humanos en la investigación y en las
audiencias del sistema acusatorio
tanto para el imputado como para
la víctima, teniendo como objetivo
cumplir con las nalidades del pro-
ceso penal.
PALABRAS CLAVE KEYWORDS
INACIPE • 2018 • REVISTA Mexicana de Ciencias Penales • Núm. 6
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SUMARIO:
I. Introducción. II. El delito de te-
rrorismo. III. Temas relevantes en
la investigación. IV. Temas rele-
vantes en las audiencias. V. Con-
clusiones. VI. Fuentes de consulta.
I. INTRODUCCIÓN
El delito de terrorismo en Mexico re-
sulta ser en lo fáctico inusual —mas
no inexistente— ya que no se ad-
vierte como algo cotidiano en la
vida de este país, lo cual, por obvie-
dad agradecemos, dado que el con-
cepto genera una impresión fuerte
en el sentir de las personas, por-
que este signica miedo, algo que
no queremos en nuestra existencia;
simplemente aquello que no desea-
mos y por lo que, incluso, nos uni-
ríamos para evitarlo.
Es por eso que estimo empezar
estas líneas con la anterior reexión,
y señalar que —si bien es algo ex-
cepcional— no signica que no
sucede. Es obvio que tenemos obli-
gaciones internacionales y artículos
en el Código Penal Federal (CPF)
que señalan la presencia del referi-
do ilícito, también lo es que la Pro-
curaduría General de la Republica
tiene unidades especializadas para
este delito, lo que nos hace adver-
tir la existencia de investigaciones
y procesos que viven en la realidad
mexicana.
Por lo anterior el presente traba-
jo intenta precisar cómo estimamos,
qué debe investigarse, y cómo debe
juzgarse, ya sea a una o varias per-
sonas que son imputadas en el deli-
to de mérito. Si lo que queremos es
procurar que el culpable no quede
impune y proteger al inocente con-
forme a las nalidades del proceso,
es evidente que se genera una obli-
gación de debida diligencia tanto
para el scal como para el juez, en
la cual hay que investigar y juzgar
en el ámbito de protección de los
derechos humanos para las perso-
nas que convergen en el procedi-
miento. Si esto no es así, violaremos
los derechos de los imputados y víc-
timas, y además los asuntos en el
delito de cita, quedarán sin sanción,
ni reparación, lo cual no es justi-
cable en los delitos comunes, jamás
lo será en este delito que deja tanta
huella en una persona y en la colec-
tividad entera.
De ahí, la importancia de otor-
gar opiniones sobre el proceso que
deben seguirse ante el mismo, tra-
tando de dejar la semilla para que
muchos colegas se animen a referir
más discusiones en el ámbito aca-
démico y podamos tener más lite-
ratura sobre este tópico, —porque
esta, no es tan amplia como quisié-
ramos—. También requerimos de
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