Tercera Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015. Comentarios

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Introducción

El pasado 31 de agosto se publicó en el DOF la Tercera Resolución de modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior (RGCE) para 2015. Comentamos los principales cambios que registró dicha resolución con la finalidad de que las personas interesadas en la materia aduanera y de comercio exterior tengan conocimiento de ello.

Personas no obligadas a inscribirse en el Padrón de importadores (regla 1 3.1; modificación)

El artículo 76 del Reglamento de la LA establece que no estarán obligados a inscribirse en el Padrón de importadores los contribuyentes que importen las mercancías que señale la SHCP mediante reglas.

Para tales efectos, la regla 1.3.1 de las RGCE para 2015 precisa la lista de mercancías que podrán importarse a territorio nacional sin que sea necesario inscribirse en el padrón de importadores.

Al respecto, se modifica el último párrafo de esta regla para especificar que lo dispuesto en la misma no aplicará en el caso de las fracciones arancelarias listadas en el apartado A del anexo 10, excepto si se trata de las mercancías señaladas en las fracciones I, VIII y XVI de la regla 1.3.1 y a cargo de las empresas de mensajería y paquetería a que

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se refiere la fracción XVII de la misma regla, únicamente para los sectores 10 y 11 del apartado A del anexo 10.I que establecen los sectores de...

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