La teoría del caso en el nuevo sistema de justicia penal

AutorRoxana Irene Cervantes Velázquez
CargoLicenciada en Derecho por la UAM, Maestrante en la UNAM en Política Criminal
Páginas19-20
La teoría del caso
en el n uevo sistema
de justicia p enal
Roxana Irene Cervantes Velázquez*
La Impleme ntación del Nuev o S istema de Justicia
Penal deri vo de la perspe ctiva q ue se tenía del
antigu o sistema; se conside raba que e l sistema h abía
dejado de ser efica z, además de q ue se bu scaba
devolv er a la ciudad anía l a conf ianza en las
instit uciones e ncargadas de proc urar e impar tir
justic ia. Aunado a ello, se aludía a que el sist ema
penal n o prot egía ad ecuadamente l os der echos
humano s de las perso nas ni disuad ía prácticas de
tortur a o tratos c rueles inhu manos o deg radantes.
1
Lo ant erior fue un o de los o bjetivos qu e se
propo nían en el Plan Nac ional de De sarrollo d el
gobier no del ex presiden te Felipe Calder ón Hinojosa,
la refo rma fue en el año del 2008 , a través de l a cual,
se da curso a la implementa ción de l Nuevo Sistema
de Justi cia Penal (NSJP). Ahora bi en, el tema que nos
intere sa es ¿Cómo funciona la teoría del ca so en el
NSJP? P rimeramente, hay q ue ente nder en lo
esenci al ¿Qué es la teo ría del caso? ¿Qu é elemento s
son ca racterístic os de la teo ría del caso ?
La t eoría del caso, es la hi pótesis re lativa a los
hechos acontecido s (verdad h istórica) q ue se han
conver tido en pa rte de la litis, qu e serán som etidos a
verifi cación a través de lo s orden amientos jurídicos
(verda d jurídica), qu e a través de proc edimientos,
determ inará sob re la existenc ia de una c ausa de
atipic idad en t érminos del ar tículo 4 05 del Código
Nacion al de Proced imientos Penale s o b ien
demost rará la existen cia de un hecho de lictivo con su
respec tiva re sponsabilid ad pen al a cargo de una
perso na que resulto de la inve stigación, se gún las
prueba s que se ap ortadas en las diferen tes etapas.
*Roxana Irene Cervantes Velázquez, Licenciada en Derecho por la UAM, Maestrante en la UNAM en Política Criminal. Trabajé como
asesora legal de la Organización Internacional para las Migraciones en México, así como también participe en varios proyectos de dicha
Organización. Colaboré en Management Systems International, quien trabaja en conjunto con USAID, para el área de Monitoreo y
Evaluación.
1
Gaceta Parlamentaria, Proyecto de decreto por el que se expide la Ley de la Fiscalía General de la República y se reforman, a dicionan y
derogan diversos ordenamientos legales, 23 de septiembre de 2014.
La hip ótesis pro puesta tien e que ser c ongruente
con los hechos , comproba ble, capaz de ser sometida
a compro bación, ésta no sólo s erá la guía para la
presen tación de pruebas en el p roceso p enal a c argo
de las p artes, sino q ue servirá p ara el desarro llo de la
propia investigaci ón y a través de e lla se proporci one
informa ción confi able.
Si bien la teoría del caso será la guía para la
invest igación de un pre suntamente de lictuoso,
tambié n servi rá de base para el desar rollo del proces o
penal, con la finalid ad de determi nar que lo s indicios
arroja dos en la inves tigación configu ran un tip o
penal, con la apl icación de la teoría del del ito; ser á
una con traposición de la verda d histó rica co n
respec to a l a lóg ica j urídica. De ahí que la
import ancia de una inve stigación re alizada
cabalm ente pod rá propor cionar i nformación certera,
con las pruebas pert inentes para el desahogo en el
proces o.
Sin emb argo, si un a inv estigación no se
desarr olla exh austivamente , verbig racia si n una
adecua da preser vación de los i ndicios a través de la
cadena de c ustodia, traerá c onsigo fallos er róneos a
la luz de l as pruebas pre sentadas ante e l juez. Esto no
sólo provoca que la tarea de los abogados litigantes
se torne co mplicada, a la hor a de la defen sa, sino que,
de obtener un fallo erróneo , verb igraci a declarando
culpab le a algu ien que no lo es o vicever sa, afectar á
el sistema, generando poca cr edibilidad y conf ianza
en los impart idores de jus ticia como a l pr opio
sistema .
Año 1 núm. 1
Cadena de CUSTODIA
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