Tendencias de la Estabilidad en el Empleo

AutorDra. Josefa Montalvo Romero
CargoDoctora en Derecho Público por la Universidad Veracruzana
Páginas1-7

Doctora en Derecho Público por la Universidad Veracruzana. Investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas y Catedrática de la Facultad de Derecho de la misma Universidad. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores.

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El principio de la estabilidad laboral, entendido como el derecho del trabajador a permanecer en el puesto de trabajo mientras subsista la materia objeto del mismo, actualmente se encuentra en crisis ante la presencia de los planteamientos flexibilizadores, que cuestionan la viabilidad actual del modelo jurídico que constituyen los contratos de trabajo típico.

1. Introducción

El trabajo es un derecho y nunca una obligación, y menos aún social, desde el punto de vista jurídico y en su manifestación en la empresa. Ontológicamente, es un deber natural que se impone moralmente y mediante el cual se cumplen necesidades personales, contribuye al progreso y elevación cultural y moral de la sociedad en que se vive.

En opinión de Soto Cerbón1 "el hombre trabajador dentro de la relación laboral en la empresa y para la cual debe de aplicarse el principio de estabilidad, mientras voluntariamente realiza su labor y cumple con su área de responsabilidad, tiene indudablemente derecho a ese trabajo y a las condiciones generales y particulares que corresponden al puesto que desempeña".

No se puede desconocer que en la práctica existen artificios para que el empresario mantenga en un estado de inestabilidad al trabajador, como pueden ser los contratos por obra o tiempo determinado o los trabajos eventuales o de temporada; lo que evita mayores exigencias salariales, de prestaciones y de derechos que les otorga la ley, además permite que los costos de producción y de productividad se mantengan acordes con el mercado.

Por otro lado, cuando la falta de estabilidad en las condiciones y en los sistemas de trabajo le es impuesta a la empresa, en perjuicio de su correcto desarrollo y del cumplimiento Page 2 de sus objetivos, en última instancia repercute también en las prestaciones, salarios y condiciones de los trabajadores2.

La estabilidad en las condiciones de trabajo genera cierta seguridad en el empresario, pues le permite prever y planear circunstancias del mercado, de competencia, de costos de la materia prima, innovaciones tecnológicas, costos de mano de obra, etc., que le permitirán a su empresa el cumplimiento de sus objetivos, dentro de los cuales los trabajadores disfrutarán de sus beneficios y utilidades.

2. Relación de Trabajo

La objetividad de las relaciones de trabajo se promueve y enriquece con la prestación eficiente y continua del trabajo que genera derechos en la empresa, como la estabilidad en el empleo, la antigüedad o la preferencia para los ascensos.

Los elementos de la relación de trabajo son 4: 1. Los sujetos; 2. La prestación personal del trabajo; 3. La subordinación; y 4. La remuneración.

Para preservar la estabilidad en el empleo, se reconoció el principio de que se presumen la relación y el contrato de trabajo entre quien presta un servicio personal y el que lo recibe, es decir, en donde exista un trabajo personal subordinado3.

Con la finalidad de preservar la estabilidad en el empleo, se dotó a la relación y al contrato de trabajo, dentro del régimen jurídico, de un sentido social. Sin embargo, como afirma Santos Azuela4, bajo el signo de la modernidad y la flexibilización han proliferado los contratos de prestación de servicios profesionales, mediante los cuales se ocultan verdaderas relaciones de trabajo; de ahí que sea indispensable la lucha contra este tipo de contratación que lo único que busca es la supresión de la estabilidad en el empleo so pretexto del progreso utilitario de la empresa.

En este contexto, las innovaciones tecnológicas han producido también, una transformación importante en las relaciones de trabajo, un ejemplo de esto lo constituyen las relaciones intemporales e impersonales de trabajo.

Las relaciones intemporales se caracterizan porque dejan de lado parámetros clásicos, como la jornada de trabajo o el lugar de realización del trabajo. Por ejemplo, en el caso de labores intelectuales, éstas pueden efectuarse no sólo en la sede de la empresa, sino también y mayoritariamente, fuera del domicilio patronal con el apoyo de medios técnicos adecuados y la capacidad tecnológica idónea5, sin importar el horario ni el día en que se realice el trabajo.

En el caso del trabajo material, el empleador muchas veces acepta y apoya que el trabajo se adelante o realice fuera de las instalaciones de la empresa. Estos aspectos desdibujan uno de los elementos esenciales del contrato de trabajo, como lo es la prestación personal por parte del trabajador.

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Por lo que se refiere a las relaciones impersonales, éstas se caracterizan porque tanto la prestación personal como la subordinación, que de acuerdo con nuestra legislación laboral, son elementos esenciales de la relación de trabajo, tienden a desaparecer.

Un ejemplo de esto se puede presentar con los estudios técnicos que piden los empleadores a sus trabajadores, los cuales pueden ser realizados dentro o fuera de la empresa, aunque esto...

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