Telecomunicaciones en el United States-Mexico-Canada Agreement

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El 6 de noviembre pasado, el economista Luis de la Calle Prado dictó la conferencia “Las telecomunicaciones en el United States-Mexico-Canada Agreement (USMCA)”, organizada por la Comisión de Telecomunicaciones y Radiodifusión de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados.

De la Calle aseveró que el tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) es razonable y expuso sucintamente las materias que contempla. En ese sentido, refirió que en materia de agricultura prácticamente existe libre comercio pero que ahora tendremos un poco más porque se abre más el mercado canadiense, lo que representa una mejora significativa en materias sanitaria y fitosanitaria, lo cual resulta importante porque se van a otorgar los permisos para exportar de manera más fácil.

Hizo referencia a que las reglas de origen en materia automotriz son más estrictas en este tratado, aunque no son catastróficas, puesto que la ventaja de México es que tenemos acceso preferencial al mercado en Canadá y en Estados Unidos de América (EUA), pero también en Europa, Asia, Brasil y Argentina.

En materia de otras reglas de origen, señaló que si bien algunas se flexibilizaron, otras se volvieron más estrictas, como las de acero. En materia de energía, dijo que México se reservó el derecho de reformar su Constitución y sus leyes; también señaló que se concedió que el Estado mexicano tenga la propiedad directa sobre las reservas de hidrocarburos y que México le dará a EUA y a Canadá un trato no menos favorable que el que les dé a otros países en otros acuerdos comerciales, lo cual significa que se les dará el mismo trato que se les da a otros países en el Tratado de Asociación Transpacífico (TPP).

Afirmó que, en materia de telecomunicaciones, el T-MEC aplica para servicios de telecomunicaciones y valor agregado, y que se debe asegurar el acceso y el uso de redes y servicios públicos de telecomunicaciones en su territorio o de manera transfronteriza en términos y condiciones razonables y no discriminatorias.

En lo que se refiere a las obligaciones de los proveedores de servicios públicos de telecomunicaciones, el conferencista señaló que destaca el servicio de interconexión, donde se reconoce que puede haber una autoridad para regular tarifas razonables. También señaló que no se puede impedir la reventa ni el roaming, y que se debe permitir la portabilidad numérica y la paridad de marcación, entre otros.

De la Calle explicó que en lo que concierne a proveedores impor-

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