Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados

AutorJesús Bernardo Gutiérrez Delgado
Páginas71-87

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Notas.

  1. - No se clasifican en este Capítulo los tejidos especificados en la Nota 1 del Capítulo 59, impregnados, recubiertos, revestidos o estratificados ni los demás productos del Capítulo 59. 2.- Se clasifican también en la partida 58.01 el terciopelo y la felpa por trama sin cortar todavía que no presenten ni pelo ni bucles en la superficie. 3.- En la partida 58.03, se entiende por tejido de gasa de vuelta el tejido en el que la urdimbre esté compuesta en toda o parte de su superficie por hilos fijos (hilos derechos) y por hilos móviles (hilos de vuelta) que se cruzan con los fijos dando media vuelta, una vuelta completa o más de una vuelta, para formar un bucle que aprisiona la trama. 4.- No se clasifican en la partida 58.04 las redes de mallas anudadas, en paño o en pieza, fabricadas con cordeles, cuerdas o cordajes, de la partida 56.08. 5.- En la partida 58.06, se entiende por cintas:

    1. - los tejidos (incluido el terciopelo) en tiras de anchura inferior o igual a 30 cm y con orillos verdaderos;

      - las tiras de anchura inferior o igual a 30 cm obtenidas por corte de tejido y provistas de falsos orillos tejidos, pegados u obtenidos de otra forma;

    2. los tejidos tubulares que, aplanados, tengan una anchura inferior o igual a 30 cm;

    3. los tejidos al bies con bordes plegados de anchura inferior o igual a 30 cm una vez desplegados. Las cintas con flecos obtenidos durante el tejido se clasifican en la partida 58.08.

  2. - El término bordados de la partida 58.10 se extiende a las aplicaciones por costura de lentejuelas, cuentas o motivos decorativos de textil u otra materia, así como a los trabajos realizados con hilos bordadores de metal o fibra de vidrio. Se excluye de la partida 58.10 la tapicería de aguja (partida 58.05).

  3. - Además de los productos de la partida 58.09, se clasifican también en las partidas de este Capítulo los productos hechos con hilos de metal, de los tipos utilizados en prendas de vestir, tapicería o usos similares.

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Consideraciones generales

Este Capitulo comprende productos textiles muy diversos cuya clasificación a nivel de partida, con excepción de los de la partida 58.09, es independiente de la naturaleza de la materia textil que los forman. Algunos de ellos sólo están comprendidos en este Capítulo cuando no están confeccionados según se indica en el apartado II de las Consideraciones generales de la Sección XI, mientras que otros están incluidos en el Capítulo, confeccionados o sin confeccionar.

Debe observarse que, por aplicación de las Notas del Capítulo 59, se excluyen del Capítulo 58 (generalmente Capítulo 39,40 o 59), los tejidos de gasa de vuelta de la partida 58.03, las cintas de la partida 58.06, las trenzas, los artículos de pasamanería y los artículos ornamentales análogos, en pieza, de la partida 58.08, impregnados, revestidos, recubiertos o estratificados, mientras que los demás artículos de este Capítulo tratados del mismo modo permanecen clasificados aquí, siempre que estos tratamientos no le confieran el carácter de productos de los Capítulos 39 o 40.

58.01 TERCIOPELO Y FELPA, EXCEPTO LOS DE PUNTO, Y TEJIDOS DE CHENILLA, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LAS PARTIDAS 58.02 O 58.06. 5801.10 - De lana o de pelo fino.

- De algodón:

5801.21 -- Terciopelo y felpa por trama, sin cortar.

5801.22 — Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").

5801.23 - - Los demás terciopelos y felpas por trama.

5801.24 - - Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados).

5801.25 - - Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados.

5801.26 — Tejidos de chenilla.

- De fibras sintéticas o artificiales:

5801.31 — Terciopelo y felpa por trama sin cortar.

5801.32 — Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy").

5801.33 - - Los demás terciopelos y felpas por trama.

5801.34 - - Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados).

5801.35 - - Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados.

5801.36 — Tejidos de chenilla.

5801.90 - De las demás materias textiles.

A - Terciopelo y felpa, excepto los productos de la partida 58.02

El terciopelo, la pana y la felpa son tejidos de trama y urdimbre constituidos por tres series de hilos como mínimo: hilos de urdimbre y pasadas de trama tensas que forman el tejido de fondo (urdimbre y trama de fondo) e hilos de urdimbre o pasadas de trama que forman, en toda o en parte de la superficie (generalmente en una sola de las caras, aunque a veces en las dos), bien pelos (o penachos), o bien bucles. Entre esta clase de tejidos, en general, los terciopelos y panas son aquellos cuyos pelos o bucles son cortos y rectos; las felpas tienen el pelo o los bucles más largos y a menudo ligeramente recostados.

El terciopelo y la felpa cortados se llaman por urdimbre cuando los pelos o bucles de la superficie los producen hilos de urdimbre (llamados hibs de urdimbre de peto). Estos tejidos se obtienen generalmente levantando, durante la tejedura, la urdimbre de pelo por medio de varillas metálicas {hierros) dispuestas en el sentido de la trama. De esta manera se forman bucles, que se cortan durante la tejedura o después; se fabrican de este modo terciopelo y felpa llamados cortados o aterciopelados. Si los bucles se dejan intactos, el terciopelo y la felpa obtenidos se llaman rizos, frisados o rizados. En el terciopelo y en la felpa por urdimbre, los bucles y pelos se sujetan mediante pasadas de trama de fondo.

El terciopelo y la felpa por urdimbre pueden fabricarse igualmente tejiendo uno sobre otro dos tejidos que posean una urdimbre suplementaria común que vaya de uno a otro; esta urdimbre se corta después, permitiendo así obtener simultáneamente dos terciopelos o dos felpas (terciopelos llamados de doble pieza).

El terciopelo o pana y la felpa se llaman por trama cuando el pelo está formado por hilos de trama (llamados hilos de trama de peto). Se fabrican generalmente haciendo pasar de modo alternativo los hilos de trama de pelo por debajo de algunos hilos de urdimbre, después por encima de otros contiguos, sobre los cuales la trama de pelo forma bastas. Estas bastes de trama se cortan después para producir el pelo. Un resultado semejante se obtiene disponiendo unas varillas (hierros) paralelamente a los hilos de urdimbre y cortando la trama de pelo durante el tejido. En la pana y en la felpa por trama, el pelo está, pues, sujeto por hilos de la urdimbre de fondo.

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La pana y la felpa por trama que no han sido cortadas todavía y que no presentan ni pelo ni bucles en la superficie, sino todo lo más, a veces, una especie de cordoncillos paralelos en la dirección de la urdimbre, permanecen clasificadas en esta partida (véase la Nota 2 del Capitulo).

B - Tejidos de chenilla

El terciopelo y demás tejidos de chenilla se asemejan a las alfombras de chenilla de la partida 57.02; como estas últimas, la superficie aterciopelada (generalmente en las dos caras) se obtiene mediante hilos de chenilla y se fabrican generalmente con una trama suplementaria formada por hilos de chenilla, o bien introduciendo en la urdimbre, durante la fabricación del tejido de fondo, trozos de hilos de chenilla de diferentes colores y longitudes.

La materia textil que se utiliza en la fabricación de terciopelo, pana, felpa, tejidos rizados y de chenilla es muy diversa: seda, lana, pelo fino, algodón y fibras sintéticas o artificiales son las materias más empleadas para formar el pelo del tejido. El terciopelo, la pana, felpa y los tejidos de chenilla pueden ser lisos, de cordoncillo o labrados o incluso después de su obtención, pueden gofrarse o darles un aspecto de moaré. Los labrados combinan a la vez, por ejemplo, espacios con rizo y espacios cortados (son los terciopelos recortados), o bien, espacios con pelo largo y espacios con pelo cortado al raso, lo que origina dibujos muy variados. Algunos terciopelos y felpas imitan a la peletería: son los llamados de astracán, caracul, foca o imitación de leopardo. Por el contrario, las imitaciones de peletería de materia textil obtenidas por procedimientos distintos al tejido (por ejemplo, las obtenidas por pegado, cosido, etc.) se clasifican en la partida 43.04.

Debe observarse que, entre los tejidos comprendidos en esta partida, existen muchos cuya fabricación es análoga a la de las moquetas o alfombras similares, o a la de las alfombras de chenilla de la partida 57.02. Pueden, sin embargo, distinguirse de ellas fácilmente, dado que, como están diseñados para utilizarse como telas de vestir o tapizar y decorar, y no para recubrir los suelos, los tejidos incluidos en esta partida se fabrican con materiales más finos y tienen un tejido de fondo mucho más flexible.

También se excluyen de esta partida:

  1. Los tejidos que imitan los terciopelos y las felpas, en particular los tejidos llamados falsos terciopelos, rizados o ratinados, cuyo aspecto resulta de la utilización de hilados previamente rizados (hilados de fantasía) o de un tratamiento especial de la superficie del tejido (por ejemplo, perchado) (Capítulos 50 a 55, generalmente).

  2. Los tejidos con bucles para toalla y las superficies textiles con pelo insertado de la partida 58.02.

  3. El terciopelo, la pana, felpa, etc., que respondan al concepto de cintas (partida 58.06).

  4. Las telas de...

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