Sustracción de menores: un problema internacional

AutorGabriela Pablos Saucedo
Páginas8-12

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Raúl Galindo supo que sus hijos no volverían de Londres cuando María Gabriela Salazar, la madre de sus niños, Nicolás y María, le notificó por correo electrónico que habían sido aceptados en una escuela de Inglaterra. El señor Galindo jamás hubiera autorizado un permiso para vacacionar de haber sabido que sus hijos no regresarían.

Éste es un caso común de los que figuran en el promedio de 6 a 8 reportes semanales que recibe la Secretaría de la Defensa del Menor, por lo que en principio le es reportado como robo internacional de menores. De acuerdo con la Secretaría de Relaciones Exteriores, se estima que en la actualidad, a nivel mundial, se encuentran en proceso más de 700,000 casos de robo parental, al que se califica como sustracción o retención ilegal de acuerdo con las convenciones de las que nuestro país es parte.

Un acto de sustracción se genera cuando uno de los padres de familia traslada a uno o varios de sus hijos menores de edad fuera de las fronteras de nuestro territorio sin consentimiento del otro.

Esta situación de conflicto puede presentarse en distintos contextos familiares, ya sea que los padres estén casados o no. Lo importante es que la sustracción está relacionada con la patria potestad de los hijos, pues es una obligación que nace con la paternidad y la maternidad y se relaciona con derechos que ambos padres comparten, de modo que no sólo concierne a la remuneración mensual. También incluye el deber de proteger y salvaguardar los derechos de los menores para procurar su desarrollo integral, responsabilidad que se debe cumplir hasta que exista alguna orden por parte de autoridades que indique lo contrario.

De acuerdo con Susana Mercado, especialista en el tema y funcionaria del consulado de México en Seattle, "el trámite del pasaporte para menores es ilustrativo, porque es necesario el consentimiento de ambos padres para que los menores obtengan el pasaporte mexicano". Sin embargo esto no garantiza una protección contra la sustracción o retención internacional de menores.

En los casos en que los padres se encuentran en distintos lugares y se les dificulta ir a la firma del pasaporte, el consulado mexicano facilita el trámite con la forma OP-7, mediante la cual el padre ausente hace constar su consentimiento.

al margen

¿Le gustaría ser diputado o senador? ¿Ha pensado alguna vez en la posibilidad de convertirse en gobernador de su estado, ministro de la Suprema Corte o hasta presidente de la República? Por una módica —o a veces no tan módica— cantidad,decenas de despachos de asesoría política le permitirán echar a volar sus sueños, así sea durante algunos meses. El negocio está creciendo en México y no hay que dejar escapar las ofertas de otoño.

Dicen las malas lenguas que el previsto desencuentro entre Jorge Gaxiola, rector de la Libre de Derecho, y Sergio Vela, el recientemente nombrado secretario académico, no se ha hecho esperar. Los observadores más atentos consideran que la ruptura definitiva será cosa de días.

La PGR, se dijo, no halló "prueba plena" para culpar a la indígena Jacinta de haber secuestrado a seis agentes de la desaparecida AFI. Pero, ¿quién la condenó, entonces,a 21 años de prisión? Quien debiera salir a ofrecer una explicación es el juez que impuso la sentencia. ¿Así trabajan todos nuestros valientes y honrados juzgadores? ¿Qué criterios utilizan para obsequiar órdenes de aprehensión? "El Ministerio Público hizo mal su chamba",aducirá con certeza el juzgador. Pero ¿dónde estaba él? ¿Qué hacía? ¿Para qué habrá creído este irresponsable burócrata que se le contrató? Muy mal hará el Consejo de la Judicatura si le deja sin un castigo ejemplar.

La que se apuntó un 10 fue la Suprema Corte de Justicia de la Nación al declarar inconstitucional el artículo 199 del Código Penal Federal. El Máximo Tribunal decidió que no puede castigarse a los adictos a la droga que sean detenidos con dosis para su consumo personal e inmediato, pues son enfermos y no delincuentes. La posición de la Corte quedó sintetizada en esta declaración del ministro Gudiño Pelayo: "Imaginemos que la policía detiene a dos personas. A las dos se les encuentra la misma cantidad de narcótico. Una comparece ante el Ministerio Público y dice:'Yo sólo la tenía por curiosidad. Me la dieron y quiero probar a qué sabe'. Éste se va a la calle de inmediato. El otro dice que la tiene porque la necesita, pues es farmacodependiente, y a ése sí se le sigue proceso..." Esto, desde luego, no libra a los enfermos de un tratamiento de desintoxicación.

Patrones frecuentes

Sonia Rodríguez comenta, en su libro La protección de los menores en...

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