¿En una sustitución patronal, por cuánto tiempo el patrón sustituido es responsable solidario de las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo?

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Soy contador en una constructora. En próximos días, la empresa realizará una sustitución patronal, por lo que estamos elaborando un convenio de sustitución patronal. Al respecto, se desea incluir en el convenio una cláusula de responsabilidad solidaria a fin de establecer el tiempo en el que el patrón sustituido será solidariamente responsable de las obligaciones derivadas de la relación de trabajo; no obstante, desconocemos si existe alguna disposición legal que indique esta situación.

Lector de Pachuca, Hidalgo

¿En una sustitución patronal, por cuánto tiempo el patrón sustituido es responsable solidario de las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo?

El patrón sustituido será solidariamente responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo y de la LFT, nacidas antes de la fecha de la sustitución, hasta por el término de seis meses, de acuerdo con el artículo 41 de la LFT que dispone lo siguiente (énfasis añadido):

41. La sustitución de patrón no afectará las relaciones de trabajo de la empresa o establecimiento. El patrón subs-tituido será solidariamente responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo y de la Ley, nacidas antes de la fecha de la substitución, hasta por el...

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