Supervivencia

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas280-280

Page 280

Acción y efecto de sobrevivir. Permiso que se concede a uno para gozar una renta después de la muerte de la persona que la obtenía. Lo que subsiste después de una desaparición. Pequeño Larousse Ilustrado 1993, 1663 pp.

Comentario. El art. 109 fracción XVII establece la exención del pago de ISR cuando el contribuyente contrate un seguro de riesgos amparado por la supervivencia del asegurado. El art. 158 segundo párrafo relativo a los ingresos que se...

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