De la Supervisión de las Instituciones

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas679-679

Page 679

ARTÍCULO 24.

Supervisión del cumplimiento de las obligaciones a cargo de las instituciones del sistema bancario mexicano

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá en todo tiempo supervisar, a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, que las instituciones cumplan con las obligaciones que les impongan la presente Ley y demás disposiciones aplicables, así como para proveer...

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