Sugerencias para la defensa del maíz nacional y consideraciones finales

AutorDr. Rodolfo Cruz Miramontes/Dr. Oscar Cruz Barney
Páginas483-514
Elementos jurídicos 483
para una controversia comercial en contra del maíz
y sus derivados procedentes de los Estados Unidos de América
VII. sugerenCias para la deFensa
del maíZ naCional
y ConsideraCiones Finales
VII.1 LA DEfENSA DEL MAÍZ NACIONAL
A. CONSIDERACIONES GENERALES
Al concluir esta revista del ma rco jurídico múltiple que encuadra
la posición de México en lo relativo al comercio internacional;
habiendo revisado los aspectos tanto interno como internacio-
nal; y luego de que al concretarse el calendario de desgravación
previsto en el TLCAN hemos ya arribado a la consolidación de
la zona de libre comercio de América del Norte, es pertinente
reflexionar sobre el futuro inmediato y sugerir las medidas po-
sibles a tomar para proteger a la planta productiva agrícola y en
particular a la del maíz.
Estamos inmersos en una relación internacional y regional
que no debemos ignorar sino que, por el contrario, debemos
evaluar y sopesar debidamente. Sin pretender formular jui-
cios de valor sobre la decisión de renegociar el TLCAN, lo que
no significa abstenerse de expresar algún comentario crítico
cuando lo estimemos pertinente, debemos partir de la reali-
dad en que nos encontramos para no equivocar los pasos que
deban darse, tanto para aprovechar las posibles oportunidades
existentes como para enmendar los errores y aun para concre-
tar las medidas que debieron tomarse y no se afrontaron en su
momento adecuado.
Para ello habremos de formular algunas consideraciones de-
rivadas de lo analizado y de las opiniones de algunos analistas
que estimemos idóneas al momento presente, haciendo la acla-
ración de que su orden no va en sentido de su importancia sino
simplemente en el ejercicio de nuestras reflexiones para com-
prender mejor las sugerencias en el TLCAN.
CENTRO DE ESTUDIOS PARA EL DESARRROLLO RURAL SUSTENTABLE Y LA SOBERANÍA ALIMENTARIA
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468 Op cit., Nota 60, pág inas 936-937.
469 Derecho Internacional Público,
Aguila r, Madrid, 1982, p. 162.
Una primera, que no por obvia debemos dejar de hacerla, es
que desde el 1 de enero del 2008, el marco jurídico del comer-
cio internacional de México está compuesto por los acuerdos
multilaterales del GATT/OMC y por los acuerdos específicos que
nuestro país ha celebrado y están en vigor, por lo que su conoci-
miento y manejo adecuado deviene indispensable.
En cierto sentido, el TLCAN, al arribar al año 2008, habrá
ya cumplido su cometido, pues la zona de libre comercio queda-
rá prácticamente consumada y el tráfico de bienes entre los tres
países signatarios quedará libre de aranceles al consolidarse la
tasa cero. En otras palabras se habrán alcanzado así los objeti-
vos planteados tanto en el Preámbulo como en la primera parte
del capítulo I y concretamente en los artículos 101, 102 y anexo
302.2 del Tratado.
¿Cabe, por lo tanto, decir que el Tratado ha concluido?
Podemos responder que al lograr con plenitud las metas
buscadas, ya no tiene razón para subsistir. Sin embargo, esto
no significa que sus efectos desaparezcan, tal como sucede con
otros tratados internacionales, como los relativos a los que fijan
los límites fronterizos. Así nos lo hacen ver destacados inter-
nacionalistas con la precisión terminológica y jurídica tradicio-
nales que les caracteriza como son el profesor L. Oppenheim
cuando nos dice:
the performance of treaties does n ot terminate their binding force.
A treaty whose obligation has been performed is as valid as before,
although it is then of historical inter est only.468
Asimismo el maestro e insigne rector de la Universidad de
Viena Alfred Verdross nos dice que:
Según el Derecho Internacional c omún un tratado caduca por…
el cumplimiento íntegro del mismo...469
Ésta es la situación, conforme lo señala el Derecho Interna-
cional Clásico, por la cual no deberemos de preocuparnos, ya
que de ninguna manera se verán afectados los logros obtenidos
por el TLCAN. Esto es, que sus efectos jurídicos no se alteran, ya
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para una controversia comercial en contra del maíz
y sus derivados procedentes de los Estados Unidos de América
470 En la doctrina c lásica de la integra-
ción económica, se pueden ob servar
cuatro formas d iversas que pueden
también ser subsecuentes y ellas
son: la zona de libre comercio, la
unión aduanera, e l mercado común
y la integración, bien fundamental-
mente económica o genera l.
que por lo contrario, se consolidan mediante la institucionaliza-
ción de la zona de libre comercio.
Se consolidará una zona de libre comercio en los términos
acotados por el GATT en su artículo XX IV, por lo que supuesta-
mente ya no habría impedimentos ni estorbos arancelarios para
el libre tránsito de bienes y servicios conectados con el trafico
comercial de los bienes y de aquellos servicios que ya se encuen-
tran liberados. En cuanto a las barreras no arancelarias, segui-
rán aplicándose, pero en el marco negociado, esto es, deberán
ser transparentes, técnicas, temporales y debidamente fundada s,
que justifiquen su imposición.
Una segunda estimación es que, siendo la zona de libre co-
mercio una forma de integración económica conforme los cáno-
nes de la doctrina y observada en la práctica como lo demuestra
la historia de las CE470 no signif ica que sea obligatorio ni menos
fatal que se continúe con el proceso.
Ahí tenemos por ejemplo el caso del Acuerdo Europeo
de Libre Comercio (EFTA) que se constituyó como zona de
libre comercio en 1960 y así se quedó. En algunas ocasiones
durante los pasados tres años particularmente, hemos escucha-
do voces sugiriendo continuar con el proceso integracional con
nuestros socios del TLCAN. Afortunadamente hasta ahora ha
prevalecido la opinión de quienes estimamos lo contrario.
Sin embargo, y debido a los intereses norteamericanos, se ha
creado un foro de negociación y acuerdos sobre temas concretos
que de alguna forma giran en torno al terrorismo. Dicho foro lo
llaman Alianza para la Seguridad y la Prosperidad de América
del Norte (ASPA N), en la que los tres países socios del TLCAN se
ocupan de algunos asuntos regionales.
Se ha establecido un Consejo de Competitividad de Améri-
ca del Norte a cargo de un Consejo Técnico, que planteará las
medidas adecuadas sobre el mejoramiento de competitividad
en temas prioritarios como son el textil, automotor, servicios
financieros, medicamentos, alimentos y electrónicos; asimis-
mo se mencionan las denominadas “prioridades transversales”
como son movilidad laboral, propiedad intelectual, integración
y seguridad fronteriza, armonización regulatoria, logística e in-
fraestructura y tecnología.

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