Subsidio acreditable

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas277-278

Page 277

Los contribuyentes a que se refiere el Título IV de la Ley del ISR gozarán de un subsidio contra el impuesto sobre la renta, que resulte a su cargo en los términos del art. 113. El subsidio se calculará considerando el ingreso determinado conforme a la tarifa contenida en dicho art. de la Ley, a los que se les aplicará la tabla correspondiente. El impuesto marginal mencionado en esta tabla es el que resulte de aplicar la tasa que corresponde en la tarifa del art. 113 de la Ley al ingreso excedente del límite inferior.

Comentario. La mecánica para aplicar este subsidio está contemplada en el Decreto publicado en el DOF del día 1 de octubre de 2007 y es tan solo una tablita que no contempla la opción...

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