Subrogación del servicio de guardería en el campo con patrones y organizaciones de trabajadores eventuales. Se publican reglas aplicables

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El IMSS publicó en el DOF del 27 de noviembre, el "Acuerdo ACDO.SA2.HCT.241012/266.P.DPES y Anexo, relativo a la aprobación de las Reglas de Carácter General para la subrogación del Servicio de Guardería en el Campo con Patrones y Organizaciones de Trabajadores Eventuales del Campo", mismo que entró en vigor el 28 de noviembre de 2012.

Las reglas tienen por objeto regular a los patrones del campo que tengan, o que en el momento de iniciar la subrogación se comprometan a tener, en sus empresas o establecimientos, las instalaciones para una guardería y que cum-plan con las disposiciones legales aplicables para otorgar a sus trabajadores la prestación del servicio de guardería a que se refieren los artículos 201 al 207 de la LSS.

Las reglas establecen lo siguiente:

1. Los requisitos para el establecimiento de guarderías en el campo.

2. Las normas para la prestación del servicio.

3. Las condiciones de infraestructura.

4. Los requisitos para la operación de las guarderías, los cuales incluirán:

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