¿La STPS puede realizar una visita de inspección extraordinaria a un centro de trabajo, en días inhábiles y sin citatorio previo?

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Soy representante legal de una empresa que se dedica a la distribución y venta de cocinas integrales. El pasado 9 de abril (domingo) se presentaron en nuestras oficinas sin previo citatorio, varios inspectores de la STPS para efectuar una inspección extraordinaria con objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones generales de trabajo. Afortunadamente, ese día se encontraba laborando en la empresa parte del personal de recursos humanos, que pudo atender la visita; sin embargo, tengo duda si el proceder de los inspectores de la STPS fue correcto, pues, aparte de que llevaron a cabo la inspección extraordinaria en un día inhábil, no se recibió un citatorio previo.

Lector de Tlalnepantla, Edomex

Sí, por lo siguiente:

1. El artículo 28, primer párrafo, del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones establece que las autoridades del trabajo podrán ordenar la práctica de inspecciones en cualquier tiempo, incluso en días y horas inhábiles.

2. Por su parte, el artículo 29, tercer párrafo, del mismo...

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