Anticipo de socios de sociedad civil

AutorJavier Martínez Guitiérrez
Páginas24-24

Page 24

En el caso de las sociedades civiles, a la utilidad fiscal del coeficiente de utilidad antes citado se deberá aumentar la cantidad que se haya entregado en concepto de anticipo de socios del ejercicio (artículos 14 LISR).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR