Sociedad conyugal

AutorBaltazar Feregrino Paredes
Páginas273-273

Page 273

La constituida por el marido y la mujer durante el matrimonio, por ministerio de la ley, salvo pacto en contrario. La sociedad conyugal nace al celebrarse el matrimonio o durante él, se trata de una copropiedad, donde la administración de los bienes ha sido conferida, por la ley, a uno de los cónyuges según el origen, puede comprender no sólo los bienes de que sean dueños los esposos al formarla, sino también los bienes futuros que adquieran los consortes. www.sat.gob.mx.

Comentario. En materia fiscal, se pudieran presentar algunas características de exención como el...

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