Sistema nacional de promoción externa

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CAPÍTULO UNICO Artículos 190 a 200
ARTÍCULO 190 ESTABLECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE PROMOCION EXTERNA

Se establece el Sistema Nacional de Promoción Externa como mecanismo de coordinación de las actividades de promoción del comercio y la inversión que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como medio para dar difusión a los programas y esquemas promocionales establecidos por el Ejecutivo Federal.

ARTÍCULO 191 OBJETIVOS DEL SISTEMA NACIONAL DE PROMOCION EXTERNA

El Sistema Nacional de Promoción Externa tendrá los siguientes objetivos:

I. Coordinar la promoción de proyectos comerciales y de inversión que realizan las diferentes instituciones públicas y privadas del país, para lograr una mayor eficiencia en el proceso;

II. Concentrar la información de oportunidades de negocios en una red única, accesible para todos los organismos públicos y privados que realizan labores de promoción; y

III. Desarrollar un sistema de cómputo de utilización generalizada, que permita uniformar los métodos de captación de oportunidades de negocios, así como el seguimiento y evaluación de los proyectos.

ARTÍCULO 192 A QUIEN CORRESPONDE LA COORDINACION DEL SISTEMA NACIONAL DE PROMOCION EXTERNA

Corresponderá a la Secretaría la administración, coordinación y difusión del Sistema Nacional de Promoción Externa.

ARTÍCULO 193 ESTABLECIMIENTO DE MECANISMOS DE COORDINACION POR PARTE DE LA SECRETARIA PARA LA OPERACION DEL SISTEMA NACIONAL DE PROMOCION EXTERNA

La Secretaría, a través de la celebración de convenios de coordinación con los Gobiernos de los Estados y las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, establecerá los mecanismos de coordinación para la operación del Sistema Nacional de Promoción Externa, con el fin de asegurar la ejecución de acciones conjuntas en la materia, y difundir estrategias comunes de promoción.

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ARTÍCULO 194 FACULTAD DE LA SECRETARIA DE ESTABLECER ACUERDOS DE CONCERTACION PARA INTEGRAR LA OPERACION DEL SISTEMA NACIONAL DE PROMOCION EXTERNA

La Secretaría podrá establecer acuerdos de concertación para integrar a la operación del Sistema Nacional de Promoción Externa a los organismos privados que desarrollan labores de promoción de negocios comerciales y de inversión dentro y fuera del país.

ARTÍCULO 195 AMBITO DE OPERACION DEL SISTEMA NACIONAL DE PROMOCION EXTERNA

El Sistema Nacional de Promoción Externa considerará...

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