Sistema arbitral de la Condusef para la resolución de controversias entre los usuarios y las entidades financieras. Entérese en qué consiste

Páginas1-7

Page 1

Introducción

A partir del pasado 1o. de enero, la Condusef puso en marcha el Sistema arbitral en materia financiera para resolver las controversias entre los usuarios y las instituciones financieras respecto de determinadas opera-ciones, productos o servicios.

Con la implementación del Sistema arbitral se pretende otorgar al público usuario de servicios financieros y a las instituciones financieras, la facilidad de solucionar sus controversias mediante el arbitraje, ya sea en ami-gable composición o en estricto derecho, en relación con determinadas operaciones, productos o servicios que se encuentren previamente inscritos.

Precisamos los principales aspectos del Sistema arbitral en materia financiera.

La Condusef a cargo del Sistema arbitral en materia financiera

Según el artículo 11, fracción IV, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (LPDUSF), la Condusef está facultada para actuar como árbitro en amigable composición o en juicio arbitral de estricto derecho, de acuerdo con la ley y con los convenios arbitrales celebrados entre las partes en conflicto, así como llevar a cabo las acciones necesarias para la organización, funcionamiento y promoción del Sistema arbitral en materia financiera, en los términos previstos en la ley, y mantener un padrón de árbitros independientes.

Por su parte, el artículo 84 Bis, párrafos primero y tercero, de la LPDUSF señala que la Condusef tendrá a su cargo la organización, funcionamiento y promoción del Sistema arbitral en materia financiera; al efecto, en el DOF del 23 de diciembre de 2014 se dieron a conocer las publicaciones siguientes:

[VER PDF ADJUNTO]

Ambas publicaciones entraron en vigor el pasado 1o. de enero, y regulan el funcionamiento del Sistema arbitral.

¿Qué es el Sistema arbitral?

Conforme al artículo 84 Bis, párrafo segundo, de la LPDUSF, a través del Sistema arbitral las instituciones financieras podrán otorgar al público usuario la facilidad de solucionar mediante arbitraje controversias futuras sobre operaciones y servicios previamente determina-

Page 2

dos. Dichas determinaciones serán hechas del conocimiento público a través de los medios que la ley dispone, las cuales constituirán ofertas públicas.

Asimismo, la regla primera, fracción XIX, de las Reglas indica que se entenderá por Sistema arbitral lo siguiente:

[VER PDF ADJUNTO]

Integración del Sistema arbitral

El Sistema arbitral se integra de la manera siguiente:

[VER PDF ADJUNTO]

Registro de ofertas públicas

El registro está a cargo de la Condusef, y en él se inscriben las operaciones, productos o servicios financieros con los que las instituciones financieras forman parte del Sistema arbitral.

Según el lineamiento cuarto, las instituciones financieras que deseen formar parte del Sistema arbitral deberán presentar por escrito a la vicepresidencia jurídica de la Condusef, a través de su representante legal, la solicitud de inscripción en el Registro de ofertas públicas.

Dicha solicitud deberá contener lo siguiente:

1. Sometimiento expreso al arbitraje y a los Lineamientos.

2. El registro de, por lo menos, tres operaciones, productos o servicios financieros que en caso de futuras controversias respecto a éstos entre los usuarios y la institución financiera se resolverán mediante arbitraje.

La vicepresidencia jurídica tendrá un plazo de 15 días hábiles, contado a partir de la recepción de la solicitud, para expedir la constancia correspondiente, en la que se especificarán los productos o servicios financieros que estarán

Page 3

sujetos al Sistema arbitral y la autorización para utilizar el distintivo, mismo que se entregará de forma electrónica a la institución financiera.

Por su parte, el lineamiento sexto establece que las instituciones financieras adheridas al Sistema arbitral deberán:

[VER PDF ADJUNTO]

Por lo anterior, es necesario precisar que las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR