Sistema aduanero mexicano

AutorMaricruz Méndez Ladrón de Guevara
Páginas145-188
4.1 OPERATIVIDAD DEL SISTEMA
ADUANERO MEXICANO
El Sistema Aduanero Mexicano es el conjunto de mecanismos, actividades, pro-
cedimientos e instancias que determinan la forma en que las mercancías son
introducidas o extraídas de nuestro país. De tal manera, dicho sistema no sola-
mente regula su entrada y salida sino también incluye los medios en los cuales
son transportados dichos productos, así como todos los actos en que se incurren
para que éstos puedan alcanzar su destino.
Actualmente las autoridades hacendarias y comerciales han redoblado esfuerzos
con la finalidad de eficientar dicho sistema. No obstante, su funcionamiento no se
ha dado de la misma forma siempre, ya que durante muchos años las operaciones
efectivamente realizadas –ya fuera de importación o exportación– se caracterizaban
por un proceso de requisiciones extenuante, incluidos un sinnúmero de documen-
tos y permisos que debían ser cumplidos. Asimismo, este sistema era reconocido
por la exagerada cantidad de facultades que les eran atribuidas a las autoridades
competentes, que en pocas palabras se traducían en abusos de poder.
Los trámites que se requerían para el desaduanamiento de las mercancías en las
operaciones de importación eran muy lentos y complicados, puesto que la ela-
boración del pedimento aduanal era un proceso largo que impedía la agilización
del despacho de los productos que se encontraban en la aduana.
Una vez elaborado el pedimento junto con la información anexa se procedía a
cotejar la documentación con la mercancía dentro de los almacenes fiscales
correspondientes, los cuales se distinguían por su falta de control, medidas de
salvaguarda inoperantes, ausencia de organización y descuido total. Además de
los inconvenientes anteriores la autoridad tenía un plazo de 3 días hábiles para
realizar el reconocimiento aduanal correspondiente, lo que para muchos impor-
tadores ocasionaba problemas y costos adicionales al mantener su mercancía
dentro de las aduanas por tanto tiempo.1Como resultado de aquellas disposi-
ciones, la operatividad de este sistema propiciaba la corrupción, en la medida en
que los importadores debían pagar ciertas cantidades de dinero para que la
autoridad agilizara los procesos de revisión que liberaran sus mercancías. Sin
embargo, la presencia de este tipo de problemáticas –distinguidas por la falta de
1Reyes Díaz-Leal, Eduardo, 1996, Semáforo Fiscal, Bufete Internacional, México, pág. 1
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146 Contribuciones y aprovechamientos derivados del comercio exterior
integridad– no sólo eran ocasionadas por las autoridades, sino que los importa-
dores también contribuían con prácticas deshonestas al subvaluar sus productos
con la finalidad de pagar menos impuestos
Por si fuera poco, los obstáculos no cesaban con el despacho de la mercancía;
pues al ser transportadas hacia su destino dentro del territorio nacional, elemen-
tos de seguridad estaban facultados para detenerlas y revisarlas en cualquier lugar,
situación que incitaba una vez más a la corrupción.
Referirse a las exportaciones dentro del Sistema Aduanero Mexicano de antaño sig-
nificaba obtener el mismo tipo de resultados negativos, ya que su proceso aduanal
se caracterizaba por la saturación de trámites innecesarios que sólo contribuían a
desalentar a los empresarios mexicanos para incursionar en nuevos mercados.
Además, la falta de puntualidad y responsabilidad por parte de los encargados
del transporte de las mercancías, producía en los exportadores incertidumbre en
cuanto a la posibilidad de que sus productos se retrasaran para llegar a su destino
oportunamente.
Con la adopción de políticas neoliberales en México, las autoridades en materia
de comercio exterior se percataron de la necesidad de transformar y eliminar
todos aquellos obstáculos que caracterizaban al sistema. Por ello, su operatividad
se ha modificado, gracias a que las iniciativas privada y pública han conjugado
esfuerzos para mejorarlo al integrar una serie de procedimientos y mecanismos
claramente regulados por instancias competentes que buscan eficientarlo y garan-
tizar su funcionalidad en concordancia con la política comercial de nuestro país.
El sistema aduanero que actualmente opera en México, se desarrolla mediante
una serie de trámites y procedimientos que deben ser claramente conocidos por
quienes estén o pretendan estar involucrados en operaciones de comercio exte-
rior. Por esta razón, a continuación se dará una pequeña explicación de los
elementos que integran y determinan los mecanismos requeridos por las autori-
dades para efectuar operaciones de importación y/o exportación en nuestro país,
ya que entender la funcionalidad de este sistema por parte de los empresarios
mexicanos conforma una tarea complementaria al hecho de conocer y aplicar
adecuadamente las contribuciones y los aprovechamientos derivados del
comercio exterior. De tal forma, con dicha información se pretende facilitar la
comercialización de productos de nuestro país con el resto del mundo.
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4.1.1 AUTORIDADES ADUANERAS
Uno de los elementos determinantes dentro del sistema aduanero Mexicano lo con-
forman sus autoridades, las cuales juegan un papel primordial en el desempeño de
la operatividad de dicho sistema al estar presentes durante todo el proceso aduanal
al cual son sujetas las mercancías, tanto de importación como de exportación
–desde el momento en que llegan los embarques a la aduana correspondiente,
son almacenados dentro de los recintos, posteriormente se depositan ante la
aduana y, si así lo ameritan, son sometidos al primer y segundo semáforo fiscal
para pasar por el reconocimiento aduanero–. Por ello, es absolutamente necesa-
rio conocer primeramente quiénes son concebidas como tales, cuáles son sus fun-
ciones y sus límites de actuación dentro del mismo.
Durante el capítulo anterior fueron expuestas las principales instancias que regu-
lan el comercio exterior en México, partiendo por la Secretaría de Economía
–anteriormente SECOFI–, quien es la autoridad encargada de emitir las disposi-
ciones contenidas dentro de la Ley de Comercio Exterior; mientras que la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) es el organismo que básica-
mente determina la normatividad sobre las operaciones de importación y expor-
tación de nuestro país establecida en la Ley Aduanera. Adicionalmente deben ser
consideradas como autoridades aduaneras ciertas instancias auxiliares, como lo es el
Servicio de Administración Tributaria (SAT); organismo que también adquiere atri-
buciones específicas relacionadas con las funciones desarrolladas dentro del sistema
aduanero en México principalmente en materia de consultas, servicios, asesorías,
promociones, permisos, etc.; otorgados por el Reglamento Interior del propio SAT;
de igual forma la Administración General de Aduanas (AGA) es una entidad del
gobierno federal dependiente del Servicio de Administración Tributaria encarga-
da de fiscalizar, vigilar y controlar la entrada y salida de mercancías así como los
medios en que éstas son transportadas, asegurando de esta forma el cumplimien-
to de las disposiciones que en materia de Comercio Exterior haya expedido la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.2
De acuerdo con el artículo 3 de la Ley Aduanera se faculta exclusivamente a las
autoridades aduaneras para efectuar las funciones administrativas relacionadas
con la introducción o extracción del mercancías dentro del territorio nacional; 3
es decir, en primera instancia esta ley otorga a la SHCP, al SAT y a la AGA las atri-
buciones convenientes para desempeñar dichas actividades. De tal manera, le
2 www.aduanas.sat.gob.mx
3Ley Aduanera 2003 Correlacionada, 2003, Ediciones Fiscales ISEF, México, pág. 3
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