¿El sistema acusatorio será útil?

AutorVíctor Solís
Páginas22-33
La Barra Enero-Mayo 2016
20
Artículos
“Consideramos que la forma en que se está implementando
el sistema por parte de los actores y promoventes a través
de las normas que regularán el procedimiento penal contenidas
solo algunas de ellas son óptimas en orden a las circunstancias
particulares de su objetivo, pero otras parecen distantes
a ello, las que incluso en su exégesis son trasgresoras
de valores fundamentales”
¿El Sistema
Acusatorio
será útil?
Por: Víctor Solís
INTRODUCCIÓN.
La implementación del Sistema Penal Acusatorio o Adversarial como se conoce en la ciencia del Derecho,
ya es una realidad en el Distrito Federal como en gran parte de los Estados de la República Mexicana,
este procedimiento entró en vigor en dicha demarcación a partir del día 16 de enero de 2015, como
consecuencia del Decreto emitido por la Asamblea de Representantes por el que se declara la incorporación del
Sistema Procesal Penal Acusatorio y del Código Nacional de Procedimientos Penales al orden jurídico del Distrito
Federal, publicado en la Gaceta Ocial de esta entidad el 20 de Agosto de 2014, en cumplimiento a la Reforma
Constitucional que en materia de Justicia Penal aprobó el Congreso Federal en el año 2008 y cuya vacatio legis
vencerá este 2016, momento en el cual tanto la Federación, como las demás entidades deberán modicar y
aprobar sus legislaciones Orgánicas y Reglamentarias para aplicar simultáneamente dicho sistema, que se regirá
conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Ocial de la Federación el 5 de
marzo de 2014, así pues como se dice popularmente, no hay plazo que no se cumpla, ni término que no se venza.
A partir de la publicación de la Reforma Constitucional en comento, los actuales y futuros operadores del
Nuevo Sistema tales como Agentes del Ministerio Público, Policías de Investigación, Peritos Especializados
y Funcionarios Judiciales, así como los Abogados del Foro, quienes utilizaremos esta herramienta para poder
representar con debida ética los intereses de nuestros clientes en el ejercicio profesional, nos hemos preparado
casi a ciegas para conocer los Principios, Instituciones y Reglas que regirán el Procedimiento Penal Acusatorio,
partiendo de la premisa de que éste en su raíz, es completamente ajeno a nuestra tradición jurídica y totalmente
diverso a la idiosincrasia cultural Mexicana y a los valores nacionales.

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