Sipred y Sipiad. Principales preguntas y respuestas

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Introducción

El 27 de mayo pasado, el SAT puso a disposición de los contribuyentes y contadores públicos autorizados, en su página de Internet www.sat.gob.mx, el Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (Sipred), así como el Sistema de Presentación Alternativa al Dictamen (Sipiad) con los que se podrá presentar el dictamen fiscal 2010 y la información alternativa del dictamen 2010, respectivamente.

Sin embargo, han surgido diversas dudas entre los contribuyentes y contadores públicos respecto a la opera-ción de ambos sistemas; por ello, en este taller se da respuesta a las principales inquietudes.

Sipred

1. ¿Qué es el Sipred?

R. Es un programa diseñado por el SAT para la presentación de los dictámenes fiscales a través de Internet.

Fundamento: página de Internet del SAT

2. ¿Cuáles son los beneficios del Sipred?

R. Los siguientes:

a) Facilidad en el llenado del dictamen fiscal.

b) Seguridad, rapidez y oportunidad en la presentación del mismo.

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3. ¿Cuáles son los requisitos para presentar el dictamen por Internet?

R. Los siguientes:

a) Tener una cuenta de acceso a este servicio a través de un Proveedor de servicios de Internet (PSI), contar con correo electrónico (e-mail) y una PC compatible con Windows 7, XP o Windows Vista (con últimas versiones del service pack instaladas) en idioma inglés o español.

b) Contar con certificado de Firma electrónica avanzada (Fiel). El certificado digital tiene una vigencia máxima de dos o de cuatro años, por lo que debe verificarse su vigencia; si está próximo a vencer se puede renovar en línea.

c) Para renovar el certificado de Fiel actual se debe generar previamente el archivo de requerimiento de renovación (*.ren) desde la aplicación Solcedi.

Si se desea renovar el certificado digital pero se extravió la llave privada o no se recuerda la contraseña de acceso, se deberá acudir personalmente a cualquiera de las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente y solicitar, mediante un escrito libre, la revocación del certificado actual y generar uno nuevo.

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4. ¿Se puede presentar el dictamen fiscal en sábado o domingo?

R. El servicio de presentación del dictamen estará activo durante las 24 horas del día, incluyendo sábados y domingos.

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5. ¿Se puede presentar un dictamen en la forma tradicional (disquetes y cuadernillo) ante la unidad administrativa que corresponda?

R. No, todos los dictámenes correspondientes al ejercicio 2002 en adelante deben presentarse vía Internet.

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6. ¿Existe la opción de presentar dictamen complementario?

R. No existe la opción de presentar un dictamen complementario; sin embargo, si se requiere modificar algún dato del dictamen ya enviado...

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