Síntesis ejecutiva

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HOMENAJE AL CPC Y M.I. ERNESTO MANZANO GARCIA†

En un hecho lamentable, el pasado 3 de febrero falleció en Guadalajara, Jalisco, nuestro entrañable amigo y excepcional profesional de la contaduría pública, Ernesto Manzano García. A modo de homenaje, en esta edición incluimos cuatro colaboraciones que en diferentes ocasiones nos hizo llegar el CPC y M.I. Ernesto Manzano García. Antes, presentamos algunos testimoniales del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara, Jalisco; del Instituto de Especialización para Ejecutivos, SC; y del Mtro. José Alberto Castellanos Gutiérrez, rector del Centro Universitario de Ciencias Económico Administrativas, Universidad de Guadalajara.

* (VEASE "COLABORACIONES" EN LA PAGINA A15)

PRIMERA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RMF PARA 2018. COMENTARIOS

El pasado 30 de abril, la SHCP dio a conocer en el DOF la Primera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus anexos 1-A y 23, la cual entró en vigor el 1o. de mayo último.

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Comentamos las modificaciones y adiciones más importantes efectuadas mediante dicha publicación.

* (VEASE "INFORMACION DE TRASCENDENCIA" EN LA PAGINA A43)

SERVICIO DE TRANSPORTACION AEREA QUE INICIA EN LA FRANJA FRONTERIZA DEL PAIS Y CONCLUYE EN POBLACIONES MEXICANAS FUERA DE ESA ZONA, NO ES EXPORTACION DE SERVICIOS PARA EFECTOS DEL IVA. TESIS DEL TFJA

El pleno jurisdiccional de la Sala Superior del TFJA emitió una tesis aislada en la que estipula, al resolver un juicio contencioso administrativo en la materia, que de acuerdo con la aplicación estricta de las disposiciones legales, se estima que resulta incorrecto pretender equiparar a exportación de servicios para efectos del IVA, en la parte que se refiere a una transportación aérea internacional, sólo para efectos del porcentaje que se considera prestado en el país, ante la diversidad de casos que puedan presentarse dependiendo del punto de partida y arribo de los vuelos respectivos, con la tasa de 0% que se indica para la transportación internacional en el artículo 29 de la Ley del IVA, ya que la hipótesis jurídica prevista en este último numeral requiere como condición sine qua non, acreditar que esos servicios se exportaron, siendo que en el caso en concreto, la demandante sólo realiza la transportación desde alguna ciudad ubicada en la franja fronteriza hacia la Ciudad de México u otra ciudad ubicada fuera de dicha zona.

En este sentido, debe entenderse que el tribunal...

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