Síntesis ejecutiva

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¿QUE HACER ANTE EL SAT SI UNA PERSONA FISICA O MORAL SE UBI-
CA EN EL LISTADO DE CONTRIBUYENTES INCUMPLIDOS?
El artículo 69 del CFF establece la denominada “reserva fi scal”, la cual consis-
te en que el personal ofi cial que intervenga en los diversos trámites relativos
a la aplicación de las disposiciones tributarias estará obligado a guardar ab-
soluta reserva en lo concerniente a las declaraciones y datos suministrados
por los contribuyentes o por terceros con ellos relacionados, así como los
obtenidos en el ejercicio de las facultades de comprobación; sin embargo, la
reserva no procede en ciertos casos, entre otros, en el supuesto de aquellos
que se incluyan en el “listado de contribuyentes incumplidos” que se publica
en la página de Internet del SAT; además, la inclusión en el listado puede
traer otras consecuencias tales como no obtener la opinión favorable del
cumplimiento de las obligaciones fi scales o que se cancele al contribuyente
el certifi cado de la Fiel.
Por lo anterior, los contribuyentes que aparezcan en el listado pueden pre-
sentar una aclaración ante el SAT a fi n de que se elimine la información pu-
blicada en dicho portal. Comentamos el procedimiento aplicable.
Ü(VEASE “TALLER DE PRACTICAS” EN LA PAGINA A25)
SALARIOS PERCIBIDOS POR RESIDENTES EN EL EXTRANJERO. TRATA-
MIENTO FISCAL EN EL ISR
De acuerdo con el artículo 153 de la Ley del ISR, están obligados al pago
de este impuesto los residentes en el extranjero que obtengan ingresos en
efectivo, en bienes, en servicios o en crédito, aun cuando hayan sido deter-
minados presuntivamente por las autoridades tributarias, provenientes de
fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un es-
tablecimiento permanente en el país o cuando teniéndolo, los ingresos no
sean atribuibles al mismo; se considera que forman parte de los ingresos
mencionados, los pagos efectuados con motivo de los actos o actividades
gravados, que benefi cien al residente en el extranjero, inclusive cuando le
eviten una erogación, pagos a los cuales les resultarán aplicables las mismas
disposiciones que a los ingresos que los originaron.
En este sentido, los residentes en el extranjero que obtengan ingresos por
salarios cuya fuente de riqueza se ubique en México deberán pagar el ISR
conforme al título V de la Ley del ISR.
Comentamos el tratamiento fi scal que debe darse en el ISR a los salarios
percibidos por residentes en el extranjero cuya fuente de riqueza se ubique
en México.

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