Síntesis ejecutiva

Páginas4-7

Page 4

ACLARACION DE REQUERIMIENTOS DE OBLIGACIONES OMITIDAS (DECLARACIONES). PROCEDIMIENTO PARA PRESENTARLA POR INTERNET

El artículo 33-A del CFF dispone que los particulares podrán acudir ante las autoridades tributarias dentro de un plazo de seis días siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificación, entre otras, del requerimiento de presentación de declaraciones omitidas, con objeto de hacer las aclaraciones que consideren pertinentes, y la autoridad deberá resolver en un plazo de seis días contados a partir de que quede debidamente integrado el expediente mediante el procedimiento previsto en reglas de carácter general.

En relación con las aclaraciones referidas, de acuerdo con la ficha de trámite 128/CFF, denominada "Aclaración de requerimientos de obligaciones omitidas", contenida en el anexo 1-A de la RMF para 2016, la aclaración debe hacerse en el portal del SAT.

Comentamos el procedimiento para presentar la aclaración de requerimientos de declaraciones omitidas mediante el portal del SAT.

* (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A22)

Page 5

DENUNCIAS Y QUEJAS ANTE EL SAT. CONOZCA EL PROCEDIMIENTO PARA PRESENTARLAS POR INTERNET

En términos de los artículos 33 y 34 del CFF y 2o. y 5o. de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, la autoridad tributaria deberá proporcionar a los contribuyentes asistencia gratuita, información acerca del cumplimiento de obligaciones fiscales y la contestación a consultas y solicitudes tributarias, entre otros.

Ante estos procedimientos hay situaciones o actos por parte de la autoridad hacendaria que no satisfacen las necesidades de los contribuyentes, ya sea ante la emisión de alguna consulta o solicitud, mediante alguna acción realizada por un servidor público, o incluso ante una omisión de obligaciones fiscales a cargo de un tercero que afecta los derechos del mismo contribuyente que la autoridad no ha detectado.

No obstante, el SAT, como parte de sus facilidades administrativas, también cuenta en su portal de Internet con un apartado donde el contribuyente puede interponer quejas y denuncias ante la misma dependencia por diversos motivos, como denuncias de personas físicas o morales por evasión fiscal, por la no expedición de comprobantes fiscales, en contra de servidores públicos del SAT, o bien, quejas sobre ineficiencia en procedimientos o servicios.

En esta ocasión, describimos el procedimiento para presentar una denuncia o queja en el portal del SAT.

* (VEASE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR