Síntesis ejecutiva

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Fiscal

CASO PRACTICO DE LA DECLARACION ANUAL 2011 DE ISR Y IETU. CEDULAS ANALITICAS. PERSONAS MORALES DEL REGIMEN GENERAL

Se ejemplifican los cálculos relativos a la declaración anual de 2011, los cuales llevan una estructura secuencial para que el lector comprenda mejor la determinación de cada una de las cifras; además, se encuentran en el orden que solicita el sistema para la presentación de la declaración anual (DEM 2012), y se ha puesto especial cuidado en ejemplificar la determinación de la mayor parte de la información que dicho sistema requiere.

De igual forma, se uniformaron los títulos de las cédulas en las que se deter-mina la información con los de las plantillas del sistema para la presentación de la declaración anual, en los casos en que así procede, a fin de que se identifique con facilidad el procedimiento para determinar cada concepto con la plantilla que corresponda.

· (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A15)

PERSONAS MORALES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO. ASPECTOS POR CONSIDERAR AL FORMULAR LA DECLARACION ANUAL 2011 DE ISR Y IETU

Las personas morales que tributen de acuerdo con el régimen simplificado deberán presentar la declaración del ejercicio en el formulario electrónico 20 "Declaración del ejercicio. Personas morales del régimen simplificado", contenido en el Programa para presentación de declaraciones anuales 2011 (DEM 2012), y conforme al procedimiento que indica la regla II.2.8.2.1 de la RMF para 2012.

Por lo que respecta a la determinación del ISR y IETU del ejercicio de estos contribuyentes, se deberá atender a las leyes relativas a tales impuestos, a la LIF para 2011, a las reglas de la RFA para 2011 y a la RMF para 2011. La diversidad de las disposiciones complican la determinación de estos impuestos; sin embargo, su conocimiento y aplicación implican importantes beneficios para los contribuyentes del régimen simplificado, por lo que en este taller hacemos referencia a algunas de las más importantes.

· (VEASE "TALLER DE PRACTICAS" EN LA PAGINA A64)

ORDENES DE VISITA DOMICILIARIA O DE REVISION DE GABINETE. REQUISITOS PARA SU DEBIDA FUNDAMENTACION Y MOTIVACION. JURISPRUDENCIA DE LA SEGUNDA SALA DE LA SCJN

La Segunda Sala de la SCJN emitió una jurisprudencia en la que señaló,

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entre otros aspectos, que las órdenes de visita domiciliaria o de revisión de gabinete satisfacen el requisito de fundamentación y motivación referido en la CPEUM cuando, además de fundarse en las...

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