Síndicos: Cartas invitación de otras unidades desconcentradas

AutorEdyth Ramírez Sánchez
CargoIntegrante de la Comisión Nacional de Síndicos del Contribuyente
Páginas64-64
IMCE
65
SÍNDICOS
64
C.P.C. EDYTH RAMÍREZ SÁNCHEZ
Integrante de la Comisión Nacional de Síndicos del Contribuyente
edythramirezs@hotmail.com
Cartas invitación de otras unidades
desconcentradas
¿Qué es una invitación?
Es un comunicado digital, con fundamento en el artículo 33, frac-
ción III del Código Fiscal de la Federación, que tiene como fin
instar cortésmente a los contribuyentes a que de manera volun-
taria aclaren o corrijan inconsistencias en su declaración anual,
mensual o información atípica del contribuyente.
¿Por qué una Unidad Desconcentrada que no
corresponde a mi domicilio me puede enviar
invitaciones?
Porque lo permite el Código Fiscal de la Federación, de conformi-
dad con el segundo párrafo del artículo 63, el cual establece que:
[…] Cuando otras autoridades proporcionen expedientes o
documentos a las autoridades fiscales conforme a lo dis-
puesto en el párrafo anterior, estas últimas deberán conceder
a los contribuyentes un plazo de quince días, contado a partir
de la fecha en la que les den a conocer tales expedientes o
documentos, para manifestar por escrito lo que a su derecho
convenga, lo cual formará parte del expediente administrati-
vo correspondiente.
Las cartas invitación fundamentalmente las envía la Administra-
ción General de Auditoría Fiscal Federal por medio de las diferen-
tes Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal sin
limitación de que las mismas se encuentren localizadas en plaza
diferente al domicilio de los contribuyentes.
¿Por qué es importante contestar la
carta invitación recibida de una Unidad
Desconcentrada?
Si recibes la invitación de una Unidad Desconcentrada diferente
a tu domicilio, no debes perder de vista que pueda ser por moti-
vo de que autoridades diferentes al Servicio de Administración
Tributaria (SAT) requieren información para confirmar o aclarar
alguna observación y que, desde su punto de vista, no es normal
y pueda dar origen a una sanción.
De acuerdo con lo anterior, sugerimos analizar los términos de la
invitación y cumplir en tiempo y forma con lo que el SAT solicite.
Esta contestación puede formar parte del expediente de la otra
autoridad como se indica en el mismo artículo 63, primer párrafo
antes ya señalado.
En las cartas invitaciones de otras unidades desconcentradas es
común que se incluya un correo para responder con la informa-
ción digital solicitada.
Por ejemplo, en una invitación de una Unidad Desconcentrada,
pueden solicitar lo siguiente: fotocopia legible de su declaración
anual del Impuesto Sobre la Renta, normal y/o complementarias
por el ejercicio fiscal del año que se trate, así como comproban-
te de pago de institución bancaria autorizada. Entendiendo que
una fotocopia o un archivo en PDF o un archivo en formato Ex-
cel, puede suplir perfectamente lo solicitado.
Cada invitación que el SAT envíe al contribuyente, trae apareja-
da la oportunidad de aclarar o autocorregirse, con el fin de evitar
multas o sanción que las autoridades en el ámbito de sus obliga-
ciones puedan imponerle al contribuyente.
Conclusión
Las invitaciones de una Unidad Desconcentrada de plaza dife-
rente al domicilio del contribuyente son una oportunidad para
que el contribuyente pueda regularizarse.
No obstante lo lejano que pudiera llegar a ser, es importante con-
siderar que la comunicación puede ser digital, por lo que sería
conveniente que el correo electrónico al que se envíe la informa-
ción de respuesta se solicite que se confirme que lo haya recibido
y que se confirme la lectura.
Las invitaciones no representan un riesgo si, y solo si, el contribu-
yente revisa lo que se le pide en la invitación y, en su caso, deba
regularizar su situación por algún incumplimiento o dotando a
la autoridad de información más precisa para aclarar la observa-
ción del SAT o de otras autoridades.
Con independencia de lo anterior, la autoridad tiene las faculta-
des para que, en caso de hacer caso omiso, pueda ejercer sus
facultades de comprobación.
Índice de julio
LIC. ERNESTO O´FARRILL SANTOSCOY
Presidente de Bursamétrica
Colaboración especial de la Lic. Sofía Santoscoy Pineda
El IMCE del séptimo mes del año avanzó una vez más, aunque a menor ritmo, al hacerlo
por 4.15% para ubicarse en 50 unidades con 1.99 puntos más que junio. Esto fue resultado
de un incremento de 4.97% en la situación actual, al agregar 2.48 puntos a sus niveles
para quedar en 52.41 puntos. En el mismo sentido, la situación futura, correspondiente
a los próximos seis meses, avanzó por tercera vez consecutiva, al arrojar una tasa men-
sual de 3.02% y elevarse 1.38 puntos hacia 46.99 puntos.
En relación con julio de 2019, el IMCE acumuló 16 meses con tropiezos, al hundirse
a una tasa anual de –24.67%, sin embargo, la caída fue la menor baja desde marzo
cuando comenzó el cese de algunas actividades económicas. Esto fue resultado de
una reducción en la situación actual de –18.48% y una baja de –31.88% en la situación
futura, destacando que ambas limitaron ligeramente sus descensos.
Durante julio de 2020, los Contadores volvieron a percibir que el principal obstáculo al
que se enfrentan las empresas es la situación COVID-19, en segundo lugar, conside-
raron a las condiciones de inseguridad en el país y, en tercer lugar, la falta de capital.
Diseño, metodología y cálculo elaborados por la Comisión de Análisis Económico del IMCP, con datos de la membrecía de los
Colegios de Contadores Públicos Federados al Instituto, y aportantes externos de información.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR