Se publican reglas para que las Siefore puedan contratar préstamos para satisfacer necesidades de liquidez

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El 30 de octubre último, el Banco de México publicó la Circular 51/2008 que contiene las Reglas a las que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro al contratar préstamos o créditos para satisfacer necesidades de liquidez, misma que entró en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF, es decir, el 31 de octubre de 2008.

Dicha publicación establece que las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro (Siefore) podrán contratar préstamos o créditos en moneda nacional.

Así, de acuerdo con lo mencionado en la regla segunda de la publicación, el monto máximo de los créditos o préstamos será hasta por el equivalente a 30% del promedio de la recaudación bimestral de cuotas y aportaciones destinadas al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV), de los últimos tres bimestres correspondientes a cada Afore.

Por otra parte, la regla tercera de la Circular 51 /2008 señala que las Siefore que contraten préstamos o créditos podrán recibirlos de instituciones de crédito del país con las que no tengan nexos patrimoniales o se encuentren relacionadas.

Así, las Siefore que contraten préstamos o créditos para satisfacer sus necesidades de...

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