Del servicio de carrera

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TITULO SEPTIMO
CAPITULO UNICO
DEL SERVICIO DE CARRERA
ARTICULO 55. Para los efectos del servicio de carrera, se aplicará
lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad
Pública y en la Ley de Seguridad del Estado de México.
ARTICULOS 56 al 68. Derogados.
ARTICULOS TRANSITORIOS 2009
Publicados en la Gaceta del Gobierno del 20 de marzo de
2009
ARTICULO PRIMERO. Esta Ley entrará en vigor al día siguiente
de su publicación en el periódico oficial Gaceta del Gobierno.
ARTICULO SEGUNDO. Se abroga la Ley Orgánica de la Procu-
raduría General de Justicia del Estado de México, publicada en el
periódico oficial Gaceta del Gobierno el 23 de agosto de 2002.
ARTICULO TERCERO. Se derogan todas las disposiciones que
se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.
ARTICULO CUARTO. En tanto se expide el reglamento de la Ley
Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Méxi-
co, el cual deberá expedirse en un plazo no mayor de ciento ochenta
días naturales a partir de la entrada en vigor de esta Ley, se aplicará
el Reglamento publicado en el periódico oficial Gaceta del Gobierno
el 6 de marzo de 2003, en todo aquello que no se oponga a las dis-
posiciones de la presente Ley.
ARTICULO QUINTO. El Instituto de Servicios Periciales del Estado
de México, como órgano desconcentrado de la Procuraduría General
de Justicia del Estado de México, continuará en funcionamiento, en
los términos de la ley en que se establece su creación.
ARTICULO SEXTO. Los criterios de oportunidad a que se refiere
esta Ley serán aplicables a las averiguaciones previas y procesos
penales en curso al momento de su entrada en vigor.
ARTICULOS TRANSITORIOS 2011
Publicados en la Gaceta del Gobierno del 18 de marzo de
2011
ARTICULO PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el pe-
riódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.
ARTICULO SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día
siguiente de su publicación en el periódico oficial Gaceta del Gobier-
no del Estado de México.
ARTICULO TERCERO. Los hechos delictuosos cometidos con
anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto, serán san-
cionados de conformidad con las disposiciones vigentes en la fecha
de su comisión.
55-T 2011LEY ORGANICA PGJ EDOMEX/TRANSITORIOS

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