Información sobre seguros de vida. Reglas que indican cómo obtenerla

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El 28 de diciembre pasado, la Condusef dio a conocer en el DOF las Reglas de carácter general para la obtención de información sobre seguros de vida, mismas que entraron en vigor el 29 de diciembre de 2010.

Las reglas referidas disponen que cualquier persona que presuma que es beneficiaria de algún seguro de vida podrá acudir a las oficinas de atención al público de la Condusef, con objeto de presentar personalmente o por medios electrónicos la solicitud de información respectiva, que contendrá datos personales del solicitante, del posible beneficiario, del asegurado y, en su caso, del patrón o contratante del seguro.

Al efecto, la Condusef pondrá a disposición del público en general, en su portal de Internet, o bien, en sus oficinas de atención al público, el formato de la solicitud, al cual, el interesado deberá acompañar con identificación oficial y copia del acta de defunción del asegurado respecto del que presuma ser beneficiario.

Así, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que reciba la solicitud, la Condusef requerirá la información correspondiente a...

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