Seguro de salud para la familia. Alternativa de aseguramiento al IMSS para personas que carecen de una relación laboral

Páginas12-20
Seguro de salud para la familia.
Alternativa de aseguramiento al IMSS para
personas que carecen de una relación laboral
Introducción
El artículo 240 de la LSS dispone que todas las familias tienen derecho a un seguro de salud para sus integrantes.
Para dar cumplimiento a este derecho, el IMSS, a través del seguro de salud para la familia (SSF), ofrece a la pobla-
ción, grupos sociales y familias de personas no asalariadas, la posibilidad de beneficiarse con las prestaciones en
especie del seguro de enfermedades y maternidad.
Comentamos el procedimiento de incorporación, los servicios que ofrece y el costo del SSF.
Quiénes pueden incorporarse al SSF
De acuerdo con los artículos 241 y 243 de la LSS, y 95 y 96 del Racerf, se podrán incorporar al SSF todas aquellas
personas que no sean sujetas de un régimen obligatorio en algún sistema de seguridad social.
Para efectos de este seguro, además del sujeto de aseguramiento, deberá asegurarse cuando menos a una de las
personas a que se refieren las fracciones III a IX del artículo 84 de la LSS, las cuales se mencionan a continuación:
1. El cónyuge o a falta de éste la concubina o el concubinario del titular asegurado o pensionado por invalidez,
cesantía en edad avanzada y vejez. El esposo o concubinario gozará del mismo derecho, aun cuando no
dependa económicamente de la asegurada o pensionada.
2. Los hijos del asegurado o pensionado, hasta los 16 o 25 años, si estudian en el Sistema Educativo Nacional
o su equivalente en el extranjero, o cuando no puedan mantenerse por su propio trabajo debido a una en-
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