Seguridad social

AutorJosé Pérez Chavez - Raymundo Fol Olguin
Páginas267-328

Page 267

Definición de seguridad social

Es el conjunto de normas y disposiciones orientadas a proteger al individuo en su entorno familiar y laboral, garantizando el derecho a la salud, mediante la seguridad en el trabajo, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia, como el trabajo, la remuneración salarial, el salario mínimo, así como las prestaciones legales y las extralegales; asimismo, los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo.

Marco legal de la Ley del Seguro Social

La Ley del Seguro Social (LSS) tiene su fundamento de legalidad en el artículo 123, fracción XXIX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde es considerada de utilidad pública para beneficio general de todos los sectores sociales y de sus familiares.

XXIX. Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicio de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.

A partir de esta disposición, el 19 de enero de 1943 se publicó la primera LSS, de observancia obligatoria en toda la República Mexicana, reuniendo tres puntos importantes como objetivos que garantizan lo siguiente:

1. El derecho humano a la salud y a la asistencia médica.

2. La protección de los medios de subsistencia.

3. Los servicios sociales para el bienestar individual y colectivo.

Después de estudios minuciosos, se confirmó por decreto presidencial que, en cumplimiento a los objetivos citados, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) habría de iniciar sus operaciones el 1o. de enero de 1944, cubriendo los riesgos siguientes:

  1. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

  2. Enfermedades generales y maternidad.

  3. Invalidez, vejez y muerte, y desocupación en edad avanzada.

Page 268

Con ello quedó establecido como un organismo descentralizado del gobierno federal, cuyos costos se compartirán entre empresas y trabajadores, marcando de algún modo, el inicio de una nueva etapa político-social en México.

La creación del sistema, orientado a proteger al trabajador y a su familia contra los riesgos de la existencia y la regulación de un marco de mayor justicia para las relaciones obrero-patronales, dieron origen a nuevas formas e instituciones de solidaridad comunitaria en el país.

Estructura contributiva y de beneficios de la Ley del Seguro Social

La Ley del Seguro Social nace con una dualidad en su observancia y aplicación:

1. Como contribución obligatoria para el patrón y los trabajadores.

La observancia y cumplimiento desde el punto de vista contributivo se funda en el artículo 31, fracción IV constitucional, el cual dispone:

Artículo 31.- Son obligaciones de los mexicanos:

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

De ahí que el Código Fiscal de la Federación clasifique en su artículo 2o., fracción II, a las aportaciones de seguridad social (cuotas obrero-patronales) como contribuciones obligatorias para el patrón, con el carácter de fiscales, y al IMSS como instrumento de aplicación de la ley y como un organismo fiscal autónomo.

2. Como otorgante de derechos (protección y bienestar) para los trabajadores.

La base constitucional del derecho a la seguridad social de los trabajadores se ubica en el párrafo cuarto del artículo 4o. constitucional, que a la letra establece:

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y las modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general.

Estructura de los regímenes de protección en la nueva Ley del Seguro Social

Si bien el régimen instituido en el artículo 123, fracción XXIX constitucional tiene como objetivo principal, establecer la protección de los trabajadores, su meta siempre ha sido abarcar todos los sectores y a los individuos que componen la sociedad como a continuación se muestra:

Page 269

[VER CUADRO EN PDF ADJUNTO]

Ley del Seguro Social de 1994 Incorporación paulatina de diversos trabajadores: a) Estacionales del campo b) Miembros de sociedades locales de crédito ejidal c) Productores de caña de azúcar y sus trabajadores d) Henequeneros del estado de Yucatán e) Tabacaleros f) Algodoneros de la comarca lagunera g) Cafeticultores h) Billeteros de lotería i) Candelilleros

En el transcurso de los años, y mediante diversas modificaciones, hoy en día, la LSS se ha ido cimentando en una estructura más acorde con las expectativas, a partir de las cuales se promulgó y que se señalan en el artículo 2o. del mismo ordenamiento, cuyo texto es el siguiente:

Artículo 2o.- La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado.

A partir del 1 o. de julio de 1997, para lograr los objetivos de seguridad social, la legislación aplicable clasifica a los sujetos de aseguramiento en los regímenes siguientes, los cuales se consolidaron con la entrada en vigor de la LSS publicada en el DOF, el 21 de diciembre de 1995:

Con las modificaciones hechas a la LSS, mediante el decreto de reformas publicado en el Diario Oficial de la Federación del 20 de diciembre de 2001, la clasificación antes descrita se ha conservado.

Page 270

[VER GRÁFICO EN PDF ADJUNTO]

Régimen obligatorio

Previsto en la LSS de 1943, con el propósito de proteger a los trabajadores asalariados, el régimen obligatorio fue ampliando sus beneficios para incorporar en forma paulatina a todos los mexicanos económicamente activos, pero -cabe destacarlo-sin perder su esencia ineludible.

Este régimen implica regular la inscripción obligatoria de los trabajadores que un empleador efectúa para otorgar las prestaciones en dinero o en especie derivadas, precisamente, de las relaciones obrero-patronales.

Es importante precisar que la relación obrero-patronal es el vínculo constituido entre dos individuos -trabajador y empleador- que origina, tanto los derechos como los deberes recíprocos, previstos en las normas aplicables y derivadas de la prestación de un servicio personal subordinado.

A la modalidad obligatoria corresponde la clave numérica 10 y su esquema de protección se otorga mediante los seguros siguientes:

Page 271

CUADRO VI.2

[VER CUADRO EN PDF ADJUNTO]

El sistema de financiamiento del régimen se sustenta en las cuotas y contribuciones que realicen, tanto los patrones y otros sujetos obligados, como los asegurados y el gobierno federal.

El reconocimiento de derechos y otorgamiento de las prestaciones en dinero son calculados según el "salario base de cotización", el cual se integra, de acuerdo con el artículo 5o.-A, fracción XVIII, de la LSS, con el salario cuota diaria y las prestaciones que el patrón entregue al trabajador por sus servicios, excepto las citadas en las nueve fracciones del artículo 27 de la misma ley.

Continuación voluntaria al régimen obligatorio

Clasificada por el IMSS en la modalidad 40, la continuación voluntaria en el régimen obligatorio es la opción de cumplir las cotizaciones semanales necesarias para obtener los derechos de los seguros de invalidez y vida, así como de cesantía en edad avanzada y vejez.

Page 272

El trabajador respectivo quedará inscrito en esta modalidad con el último salario o con uno superior al que recibía en el momento en que se realizó la baja del régimen obligatorio.

La modalidad de aseguramiento referida se puede complementar con el seguro de salud para la familia, el cual está previsto en el régimen voluntario, y permite obtener las prestaciones en especie del correspondiente a enfermedades y maternidad, a fin de contar con una protección integral de seguridad social, mientras se completa el ciclo del derecho a las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR