Conozca el procedimiento por seguir para que una empresa pueda emitir acciones que coticen en el mercado de valores

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El financiamiento bursátil es una herramienta que permite a las empresas ejecutar sus proyectos de inversión, con el fin de obtener mejoras y procurar la expansión de la entidad. Las empresas se pueden financiar mediante la emisión de valores de deuda y/o de capitales en el mercado de valores.

Las compañías que obtienen financiamiento a través del mercado de valores utilizan los recursos, entre otras cosas, para optimizar sus costos financieros, obtener liquidez inmediata, consolidar y liquidar pasivos, expandirse, modernizarse, financiar proyectos de investigación y desarrollo, planear proyectos de inversión y financiamiento a largo plazo, entre otros.

Es de mencionar que el financiamiento obtenido por las emisoras en el mercado de valores debe ser aplicado conforme a los criterios establecidos en el prospecto de colocación respectivo, a fin de que los recursos se destinen a proyectos rentables que reditúen grandes beneficios a los inversionistas.

En este sentido, si bien es cierto que las empresas que ofrecen sus valores al público inversionista obtienen los beneficios del financiamiento bursátil, también adquieren responsabilidades y obligaciones ante el mercado de valores y sus participantes.

Concepto de mercado de valores

El mercado de valores es el conjunto de normas y participantes (emisores, intermediarios, inversionistas y otros agentes económicos) cuyo objetivo es permitir el proceso de emisión, colocación, distribución e intermediación de los valores inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios (RNVI).

Por ello, el mercado de valores es vital para el crecimiento y desarrollo de los países, ya que permite a las empresas allegarse de recursos económicos para la realización de nuevos proyectos de inversión, que optimizarán así su costo de capital y ampliarán las opciones de inversión disponibles para el público en general, brindándoles la oportunidad de diversificar sus inversiones para obtener rendimientos acordes con los niveles de riesgo que estén dispuestos a asumir.

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¿Quiénes pueden ser emisoras de valores y cuáles son los instrumentos que pueden emitir?

Las emisoras de valores son las personas morales que soliciten, y en su caso, obtengan y mantengan la inscripción de sus valores en el RNVI.

Los valores más comunes que pueden emitir las empresas emisoras para ser colocados en el mercado de valores son los siguientes:

Certificados bursátiles

Son títulos de crédito destinados a circular en el mercado de valores que representan la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo a cargo de personas morales o de un patrimonio afecto en fideicomiso. Dichos certificados pueden ser preferentes, subordinados o incluso tener distinta prelación, y emitirse tanto a corto como a largo plazo.

Las características de la emisión pueden ser determinadas libremente por el emisor y el intermediario colocador, considerando la demanda de mercado.

Certificados bursátiles fiduciarios

Son certificados bursátiles emitidos mediante un fideicomiso irrevocable cuyo patrimonio puede estar constituido con el producto de los recursos que se obtengan de su colocación.

Estos títulos incorporan y representan alguno o algunos de los derechos siguientes:

  1. El derecho a una parte de la propiedad o de la titularidad sobre bienes o derechos afectos en fideicomiso.

  2. El derecho a una parte de los frutos, rendimientos, y en su caso, al valor residual de los bienes o derechos afectos con ese propósito en fideicomiso.

  3. El derecho a una parte del rendimiento que resulte de la venta de los bienes o derechos que formen el patrimonio.

  4. El derecho a recibir el pago de capital y, en su caso, los intereses o cualquier otra cantidad.

Sólo las instituciones de crédito y las casas de bolsa pueden actuar como fiduciarias en fideicomisos cuya finalidad sea la emisión de estos títulos.

Acciones

Son títulos nominativos que representan parte del capital social de una empresa, los cuales son colocados entre el gran público inversionista a través de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) para obtener financiamiento.

Los títulos sirven para acreditar y transmitir la calidad y los derechos de socio de una sociedad anónima. Estos serán de igual valor y conferirán los mismos derechos; sin embargo, podrá establecerse que el capital se divida en varias clases de acciones con derechos especiales para cada una.

Certificados de participación ordinaria

Son títulos de crédito que representan el derecho a una parte proporcional de los rendimientos de los valores, derechos o bienes de cualquier clase que tenga en fideicomiso irrevocable para ese propósito la sociedad fiduciaria que los emita.

También representan el derecho a una parte alícuota del derecho de propiedad de la titularidad de esos bienes, derechos o valores, o bien, el derecho a una parte alícuota del producto neto que resulte de la venta de dichos bienes o valores.

Existen dos tipos de certificados de participación, a saber:

  1. Ordinarios. Se dan cuando el fideicomiso está constituido por bienes muebles.

  2. Inmobiliarios. Se dan cuando el fideicomiso está constituido por bienes inmuebles.

Obligaciones

Son títulos de crédito que representan la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo constituido a cargo de la sociedad emisora. Las obligaciones serán nominativas y deberán emitirse en denominaciones de $100 o de sus múltiplos, excepto si se trata de obligaciones que se inscriban en el RNVI y se coloquen en el extranjero entre el gran público inversionista; en este caso, podrán emitirse al portador. Las obligaciones llevarán adheridos cupones y darán a sus tenedores, dentro de cada serie, iguales derechos.

Las obligaciones pueden clasificarse de la forma siguiente:

  1. Hipotecarias. Con ellas el emisor deja en garantía bienes inmuebles mediante la constitución de una hipoteca a través de un fideicomiso de garantía, establecido en favor única y exclusivamente de los tenedores de las obligaciones.

  2. Quirografarias. La empresa emisora responderá por el buen nombre de la empresa y estará respaldada por todos sus activos.

  3. Subordinadas convertibles en acciones. Son aquellas en las que el emisor otorga en forma especial derechos para que el inversionista pueda decidir si al cumplir cierto plazo predeterminado en el acta de emisión cobra el importe de la amortización del adeudo o solicita a la emisora se le conviertan sus obligaciones en acciones emitidas por la empresa.

  4. Prendarias. Mediante ellas el emisor deja en garantía bienes o derechos de su propiedad en favor única y exclusivamente de los tenedores de las obligaciones.

  5. Con garantía fiduciaria. Son aquellas en las que el emisor constituye un fideicomiso en una institución de crédito sobre cierta clase de bienes y derechos en donde actúa como fideicomitente y los tenedores como fideicomisarios o beneficiarios, para que reciban simultáneamente el provecho del fideicomiso.

Títulos opcionales (warrants)

Son los documentos que otorgan a sus tenedores, a cambio del pago de una prima de emisión, el derecho de comprar o de vender al emisor cierto número de acciones a las que se encuentran referidas, de un grupo o canasta de acciones, o bien, de recibir del emisor una determinada suma de dinero resultante de la variación de un índice de precios a un cierto precio (precio de ejercicio) y durante un período o en una fecha determinada.

Papel comercial

Son pagarés negociables sin garantía específica emitidos por sociedades mercantiles y avalados por una institución de crédito en los cuales se estipula una deuda a corto plazo pagadera en una fecha determinada.

No generan interés y su rendimiento se determina entre el precio de compra y el precio de venta (valor...

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