Modificación de la sede y circunscripción territorial de las unidades administrativas del SAT

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El pasado 6 de junio, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el nuevo Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual abrogó al reglamento del mismo nombre, dado a conocer el 22 de marzo del 2001 en dicho órgano oficial.

Este nuevo reglamento introdujo cambios importantes en el organigrama interno y en las facultades de diversos funcionarios del SAT; acorde con ello, y a fin de dar certeza a los contribuyentes y a las autoridades fiscales respecto de los municipios en los cuales ejercen sus facultades a nivel regional, el 18 de julio de 2005, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer en el DOF el Acuerdo por el que se establece la circunscripción territorial de las unidades administrativas del SAT, mediante el cual se adecuaron los nombres de los municipios que han sido modificados por las legislaturas de las entidades federativas, y se incorporaron los de nueva creación; asimismo, se integraron secciones aduaneras para el ejercicio adecuado de las facultades de la autoridad en materia de comercio exterior.

Sede y circunscripción de las Administraciones Generales y Locales de Asistencia al Contribuyente, de Auditoría Fiscal, Jurídica y de Recaudación (artículo primero)

En el artículo primero del acuerdo se indica que las Administraciones Generales de Asistencia al Contribuyente, de Auditoría Fiscal Federal, Jurídica y de Recaudación, tendrán su sede en la ciudad de México, Distrito Federal, y ejercerán sus facultades en todo el territorio nacional.

De igual forma se señala la circunscripción territorial en donde ejercerán sus facultades las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente, de Auditoría Fiscal, Jurídica y de Recaudación.

Sede y circunscripción de las Administraciones Generales y...

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