El SAT publica los requisitos para la importación temporal de mercancías sensibles de programas Immex sin autorización

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El pasado 6 de agosto, el SAT dio a conocer a través del boletín número 003 publicado en su página de Internet, los requisitos para la importación temporal de mercancías sensibles de las empresas que no cuenten con la autorización a que se refiere la regla 7.1.2, séptimo párrafo, de las RGCE para 2018.

Dicha publicación señala que las empresas con registro en el Esquema de certificación de empresas en la modalidad del IVA y el IEPS, que deseen importar temporalmente mercancías de las listadas en las fracciones arancelarias del anexo II del Decreto para el fomento de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación (Decreto Immex) y/o en el anexo 28 de las RGCE para 2018 y aplicar el beneficio del crédito fiscal a que se refieren los artículos 28-A, primer párrafo, de la Ley del IVA y 15-A, primer párrafo, de la Ley del IEPS, deben tener la autorización que precisa la regla 7.1.2, séptimo párrafo, de las RGCE para 2018.

Por tanto, se indica que las empresas que no cuenten con dicha autorización y pretendan importar temporalmente las...

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