Santiago de la Peña: "El nuevo sistema de justicia penal ha fomentado la impunidad"

AutorLuis Arturo Pelayo Gutiérrez
Páginas43-47

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Algunos de los principales problemas de la administración de justicia en nuestro país son la impunidad, la corrupción y la lentitud de los procesos. ¿La reforma constitucional en materia penal de 2008 ayudará realmente a erradicarlos?

Ninguna reforma legal o constitucional puede, por sí misma, erradicar los problemas y los vicios que enfrenta la administración de justicia en nuestro país, como la impunidad, la corrupción, la lentitud y la demora en la resolución de los procesos.

Es necesario acompañar las reformas legales con otras medidas que transitan por muy diversos campos del conocimiento y de la actividad humana: idoneidad en la designación de los agentes encargados de la procuración e impartición de justicia, capacitación técnica y profesional, solvencia e integridad morales, supervisión constante, evaluación, control y sometimiento al escrutinio ciudadano efectivo.

No deben soslayarse acciones como el reconocimiento y la revaluación social de las profesiones y de los oficios que tienen relación con la administración de justicia, y el reconocimiento a las virtudes cívicas de quienes desempeñan cargos públicos con naturalidad, sencillez e integridad, para destacarlos frente a los que sólo exhiben vocación por el poder y la riqueza.

De esta manera, la reforma constitucional de 2008 ayudará a resolver los problemas señalados, siempre y cuando sea acompañada de una legislación secundaria ad hoc y de las medidas señaladas para llevarlas al nivel operativo.

El énfasis de la reforma, con razón, ha acentuado el combate a la delincuencia organizada; merece la pena señalar que sólo se verá coronada con el éxito si se lleva a cabo en forma integral y a partir de una lucha inteligente, limpia y organizada por parte de la autoridad.

Se ha hablado mucho de las bondades del sistema penal acusatorio (rapidez,justicia,transparencia...)como solución a los problemas de nuestro sistema de justicia. ¿No es ésta una posición que peca de optimista?

La situación de tremenda injusticia que vive nuestro país (desempleo, marginación, insalubridad, bajos niveles educativos, desmedida concentración del ingreso, desnutrición infantil, etcétera) crea un ambiente propicio para que el sistema de justicia penal falle. En este entorno se inscribe el tema que nos ocupa, pues sólo en un año se perdieron más de 120,000 empleos.

Ciertamente, cualquier reforma legal está inspirada en un prolongado aliento de optimismo reivindicatorio. Esto, de suyo, es positivo mientras no se caiga en la ingenuidad que nos lleve a pensar que el cambio de sistema en la administración de justicia penal por sí mismo terminará con los vicios que ahora tiene: la lentitud, la opacidad, la corrupción y los errores judiciales, entre otros.

En el país y en Chihuahua, a partir de la vigencia de la Constitución de 1917, el sistema penal implantado es de corte acusatorio; de ninguna manera puede calificarse de inquisitorio, toda vez que las facultades de investigación, acusación y decisión no se encuentran concentradas en un mismo órgano o agente de gobierno.

Ni qué decir de la defensa de los imputados, que ahora se ha hecho depender del Ejecutivo estatal en lo que toca a la defensoría pública, por lo que éste congrega las facultades de acusar y defender, lo cual entraña un grave error, propio de un sistema inquisitorio.

Se han puesto como ejemplos del buen funcionamiento del nuevo sistema de justicia a Chihuahua y a Oaxaca. Según su experiencia, ¿cuáles son los principales problemas que se deben resolver?

El nuevo Código de Procedimientos Penales de Chihuahua, como acontece con todos los ordenamientos legales, contiene aspectos muy positivos; por ejemplo, el papel que se confiere a la víctima u ofendido que lo habilita para intervenir directamente en el proceso con la finalidad impugnar ante la autoridad judicial las resoluciones de archivo o no ejercicio de la acción penal; así como el derecho que le confiere ese ordenamiento para constituirse en acusador coadyuvante y ser oído en la audiencia final del juicio oral.

Otro acierto destacado es el...

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