De las Sanciones

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas1180-1180

Page 1180

ARTÍCULO 28.

Sanciones a servidores públicos

Los servidores públicos de las autoridades fiscales federales serán sancionados:

I. Con entre cinco y diez salarios mínimos vigentes en el Distrito Federal, elevados al mes cuando:

1. No rindan el informe requerido en el plazo y términos establecidos, o no acompañen los documentos a que se refiere el artículo 19 de esta Ley, cuando el interesado haya cubierto los derechos respectivos, o no entreguen los documentos o den los datos adicionales solicitados por la Procuraduría.

2. No informen dentro de los términos a que se refieren los párrafos segundo y cuarto del artículo 25 de esta Ley, si en su caso, aceptan la recomendación emitida por la Procuraduría;

II. Con entre veinte y treinta salarios mínimos del Distrito Federal, elevados al mes cuando no asistan a las reuniones periódicas establecidas en lafracción XIV del artículo 5o.;

III. Será motivo de responsabilidad administrativa en términos de lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, cuando los servidores públicos de las autoridades fiscales federales se nieguen a cumplir la recomendación que se les dirija...

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