De las Salas Regionales

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Cargo del AutorContador Público, egresado de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) - Contador Público, egresado de la Escuela Superior de Comercio y Administración del Instituto Politécnico Nacional (IPN)
Páginas379-392

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Circunscripción territorial

ARTÍCULO 21.

Para los efectos del artículo 32 dela Ley, el territorio nacional sedivide en las regiones con los límites territoriales siguientes:

I. Noroeste I, que comprende el Estado de Baja California;

II. Noroeste II, que comprende el Estado de Sonora;

III. Noroeste III, quecomprende los EstadosdeBajaCaliforniaSurySinaloa;

IV. Norte-Centro I, que comprende el Estado de Chihuahua; V.Norte-Centro II, quecomprendetodoelEstadodeCoahuilay los Municipios de Lerdo y Gómez Palacio del Estado de Durango;

VI. Noreste, que comprende el Estado de Nuevo León y los municipios de Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Ciudad Camargo, Díaz Ordaz y Reynosa del Estado de Tamaulipas;

VII. Occidente, que comprende los Estadosde Colima, JaliscoyNayarit;

VIII. Centro I, que comprende el Estado de Aguascalientes;

IX. Centro II, que comprende el Estado de Querétaro;

X. Centro III, que comprende el Estado de Guanajuato;

XI. Norte-Este del Estado de México, que comprende los municipios de: Acolman, Acúleo, Amecameca, Apaxco, Ateneo, Atizapán de Zaragoza, Atlautla, Axapusco, Ayapango, Coacalco de Berriozábal, Cocotitlán, Coyo-tepec, Cuautitlán, Cuautitlán Izcalli, Chalco, Chapa de Mota, Chiautla, Chi-coloapan, Chiconcuac, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos, Ecatzingo, Huehuetoca, Hueypoxtla, Huixquilucan, Isidro Fabela, Ixtapaluca, Jaltenco, Jilotepec, Jilotzingo, Juchitepec, La Paz, Melchor Ocampo, Naucalpan de Juárez, Nextlalpan, Nezahualcóyotl, Nicolás Romero, Nopaltepec, Otumba, Ozumba, Papalotla, Polotitlán, San Martín de las Pirámides, Soyaniquilpan de Juárez, Tecámac, Temamatla, Temascalapa, Tenango del Aire, Teotihua-cán, Tepetlaoxtoc, Tepetlixpa, Texcoco, Tezoyuca, Tlalmanalco, Tonanitla, Teoloyucan, Tepotzotlán, Tequixquiac, Timilpan, Tlalnepantla de Baz, Tulte-pec, Tultitlán, Valle de Chalco Solidaridad, Villa del Carbón y Zumpango.

XII. Oriente, que comprende el Estado de Puebla;

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Xlli. Golfo, quecomprende el Estado deVeracruzdelgnaciode la Llave;

XIV. Pacífico, que comprende el Estado de Guerrero;

XV. Sureste, que comprende el Estado de Oaxaca;

XVI. Peninsular, que comprende los Estados de Yucatán y Campeche;

XVII. Metropolitanas, que comprenden el Distrito Federal;

XVIII. Golfo-Norte, que comprende el Estado de Tamaulipas, con excepción de los municipios de Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Ciudad Camargo, Díaz Ordaz y Reynosa, del propio Estado;

XIX. Chiapas, que comprende el Estado de Chiapas;

XX. Caribe, que comprende el Estado de Quintana Roo;

XXI. Pacífico-Centro, que comprende el Estado de Michoacán;

XXII. Norte-Centro III, que comprende el Estado de Durango, con excepción de los Municipios de Lerdo y Gómez Palacio, del propio Estado; y

XXIII. Norte-Centro IV, que comprende el Estado de Zacatecas.

XXIV. Morelos, que comprende el Estado de Morelos;

XXV. San Luis Potosí, que comprende el Estado de San Luis Potosí;

XXVI. Tabasco, que comprende el Estado de Tabasco.

XXVII. Hidalgo, que comprende el Estado de Hidalgo;

XXVIII. Tlaxcala, que comprende el Estado de Tlaxcala;

XXIX. Sur del Estado de México, que comprende los municipios de: Acam-bay, Almoloya de Alquisiras, Almoloya de Juárez, Almoloya del Río, Amanal-co, Amatepec, Atizapán, Atlacomulco, Calimaya, Capulhuac, Coatepec Harinas, Chapultepec, Donato Guerra, El Oro, Ixtapan de la Sal, Ixtapan del Oro, Ixtlahuaca, Jiquipilco, Jocotitlán, Joquicingo, Lerma, Luvianos, Malinalco, Metepec, Mexicaltzingo, Morelos, Ocoyoacac, Ocuilán, Otzoloapan, Otzolo-tepec, Rayón, San Antonio la Isla, San Felipe del Progreso, San José del Rincón, San Mateo Ateneo, San Simón de Guerrero, Santo Tomás, Sultepec, Te-jupilco, Temascalcingo, Temascaltepec, Temoaya, Tenancingo, Tenango del Valle, Texcaltitlán, Texcalyacac, Tianguistenco, Tlataya, Toluca, Tonatico, Valle de Bravo, Villa de Allende, Villa Guerrero, Villa Victoria, Xalatlaco, Xona-catlán, Zacazonapan, Zacualpan, Zinacantepec y Zumpahuacán.

Sede, denominación y número de las salas regionales

ARTÍCULO 22.

En las regiones señaladas en el artículo anterior, la sede, denominación y el número de Salas Regionales, serán las siguientes:

I. Región del Noroeste I: Dos Salas que se denominarán, "Primera Sala Regional del Noroeste I" y "SegundaSala Regional del Noroeste I", con sede en la Ciudad de Tijuana, Estado de Baja California;

II. Región del Noroeste II: Una Sala que se denominará "Sala Regional del Noroeste II", con sede en Ciudad Obregón, Estado de Sonora;

III. Región del Noroeste III: UnaSalaque se denominará "Sala Regional del Noroeste III", con sede en la Ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa;

IV. Región del Norte-Centro I: UnaSalaque se denominará "Sala Regional del Norte-Centro I", con sedeen la Ciudad de Chihuahua, Estado de Chihuahua;

V. Región del Norte-Centro II: Dos Salas que se denominarán, PrimeraSala Regional del Norte-Centro II y Segunda Sala Regional del Norte-Centro II, ambas con sede en la Ciudad de Torreón, Estado de Coahuila;

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VI. Región del Noreste: Tres Salas que se denominarán, "Primera Sala Regional del Noreste", "Segunda Sala Regional del Noreste", y "Tercera Sala Regional del Noreste", todas con sede en San Pedro Garza García, Nuevo León;

VII. Región de Occidente: Tres Salas que se denominarán, "Primera Sala Regional de Occidente", "Segunda Sala Regional de Occidente" y "Tercera Sala Regional de Occidente", todas con sede en la Ciudad de Guadalajara, Estado de Jalisco;

VIII. Región del Centro l:UnaSalaquesedenominará"SalaRegional del Centro I", con sede en la Ciudad de Aguascal¡entes, Estado de Aguascalientes;

IX. Región del Centro II: Una Sala que se denominará "Sala Regional del Centro II", con sede en la Ciudad de Querétaro, Estado de Querétaro;

X. Región del Centro III: Una Sala que se denominará "Sala Regional del Centro III", con sede en la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato;

XI. Región Norte-Este del Estado de México: Dos Salas que se denominarán, "Primera Sala Regional Norte-Este del Estado de México" y "Segunda Sala Regional Norte-Este del Estado de México", con sede en Tlalnepantla, Estado de México.

XII. Región de Oriente: Dos salas que se denominarán, "Primera Sala Regional de Oriente" y "Segunda Sala Regional de Oriente", con sede en el municipio de San Andrés Cholula, Estado de Puebla;

XIII. Región del Golfo: Una Sala que se denominará "Sala Regional del Golfo", con sede en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;

XIV. Región del Pacífico: Una Sala que se denominará "Sala Regional del Pacífico", con sede en la Ciudad de Acapulco, Estado de Guerrero;

XV. Región del Sureste: Una Sala que se denominará "Sala Regional del Sureste", con sede en la Ciudad de Oaxaca, Estado de Oaxaca;

XVI. Región Peninsular: Una Sala que se denominará "Sala Regional Peninsular", con sede en la Ciudad de Mérida, Estado de Yucatán;

XVII. Región Metropolitana: Catorce Salas que se denominarán, "Primera Sala Regional Metropolitana", "Segunda Sala Regional Metropolitana", "Tercera Sala Regional Metropolitana", "Cuarta Sala Regional Metropolitana", "Quinta Sala Regional Metropolitana", "Sexta Sala Regional Metropolitana", "Séptima Sala Regional Metropolitana", "Octava Sala Regional Metropolitana", "NovenaSala Regional Metropolitana", " Décima Sala Regional Metropolitana", "Décimo Primera Sala Regional Metropolitana", "Décimo SegundaSala Regional Metropolitana", "DécimoTerceraSala Regional Metropolitana" y "Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana", todas con sede en la Ciudad de México, Distrito Federal.

XVIII. RegióndelGolfo-Norte:UnaSalaquesedenominará "Sala Regional del Golfo-Norte", con sede en Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas;

XIX. Región de Chiapas: Una Sala que se denominará "Sala Regional de Chiapas", con sede en la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Estado de Chiapas;

XX. Región del Caribe: UnaSalaque se denominará "Sala Regional del Caribe", con sede en la ciudad de Cancún, Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo;

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XXI. Región del Pacífico-Centro: UnaSalaque se denominará "Sala Regional del Pacífico-Centro", con sede en la ciudad de Morelia, Estado de Mi-choacán;

XXII. Región del Norte-Centro III: Una Sala que se denominará "Sala Regional del Norte-Centro III", con sede en la ciudad de Victoria de Durango, Estado de Durango; y

XXIII. Región del Norte-Centro IV: Una Sala que se denominará "Sala Regional del Norte-Centro IV", con sede en la ciudad de Zacatecas, Estado de Zacatecas.

XXIV. Región de Morelos: Una Sala que se denominará "Sala Regional de Morelos", con sede en la Ciudad de Cuernavaca, Estado de Morelos;

XXV. Región de San Luis Potosí: UnaSalaque se denominará "Sala Regional de San Luis Potosí", con sede en la Ciudad de San Luis Potosí, Estado de San Luis Potosí;

XXVI. Región de Tabasco: Una Salaque se denominará "Sala Regional de Tabasco", con sede en la Ciudad de Villahermosa, Estado de Tabasco.

XXVII. Región Hidalgo: Una Sala que se denominará "Sala Regional de Hidalgo" con sede en la Ciudad de Pachuca, Estado de Hidalgo.

XXVIII. Región Tlaxcala: Una Sala que se denominará "Sala Regional de Tlaxcala", con sede en el municipio de Apetatitlán de Antonio Carvaja, Estado de Tlaxcala.

XXIX. Región Sur del Estado de México: Una Sala que se denominará "Sala Regional Sur del Estado de México", con sede en la Ciudad de Toluca, Estado de México.

Salas Regionales Especializadas

ARTÍCULO 23.

El Tribunal contará con Salas Regionales Especializadas cuya denominación, sede, competenciaymateriadeconocimientoserálasiguiente:

I. Una Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual, con sede en el Distrito Federal y competencia material paratramitar y resolver, en todo el territorio nacional, losjuicios que se promuevan contra las resoluciones definitivas aquese refiere el artículo 14, fracciones XI, XII, XIV, penúltimo y último párrafos de la Ley, dictadas con fundamento en la Ley de la Propiedad Industrial, en la Ley Federal del Derecho de Autor, en la Ley...

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